STSJ Cataluña 171/2007, 5 de Marzo de 2007
Ponente | MARIA DEL PILAR ROVIRA Y DEL CANTO |
ECLI | ES:TSJCAT:2007:6142 |
Número de Recurso | 54/2003 |
Número de Resolución | 171/2007 |
Fecha de Resolución | 5 de Marzo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 171
Ilmos. Sres.Magistrados:
Dª Mª Fernanda Navarro de Zuloaga
Dª Mª Pilar Rovira del Canto
D. Javier Aguayo Mejía
D. Joaquín Herrero Muñoz Cobo
En la ciudad de Barcelona, a cinco de marzo de dos mil siete.
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 54/2003, interpuesto por Rafael , representado por el Procurador de los Tribunales Dª. ARIAS MIREIA LARRIBA CASTEL y asistido de Letrado, contra SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA, representado y defendido por el ABOGADO DEL ESTADO.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª Pilar Rovira del Canto, quien expresa el parecer de la SALA.
Por la representación de la parte actora se interpuso recurso contencioso- administrativo contra la resolución de 30-7-02 de la Subdelegada del Gobierno en Barcelona que deniega el permiso de trabajo por cuenta ajena tipo B inicial al recurrente.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objetode recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
No habiendo solicitado ninguna de las partes la recepción del pleito a prueba se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que evacuaron las partes, y finalmente se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el día 27-2-07.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
El recurrente, de nacionalidad ecuatoriana, impugna la resolución de 30-7-02 de la Subdelegada del Gobierno en Barcelona que le deniega el permiso de trabajo por cuenta ajena tipo B inicial.
La solicitud se presentó en fecha 15 de noviembre de 2001, acompañada de una oferta de trabajo suscrita por la empresa Vihato SL para un puesto de trabajo de peón albañil.
La resolución impugnada deniega el permiso al existir ciudadanos españoles o extranjeros residentes demandantes de empleo para el mismo puesto de trabajo ofertado.
La legislación aplicable, LO 4/2000, prevé en el art. 38 que "Para la concesión inicial del permiso de trabajo, en el caso de trabajadores por cuenta ajena, se tendrá en cuenta la situación nacional de empleo"; y el art. 70.1.1 del Reglamento aprobado por RD 864/2001 , que "Sin perjuicio de lo establecido en otros artículos del presente Reglamento, para la concesión...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba