SAP Murcia 64/2019, 26 de Febrero de 2019

JurisdicciónEspaña
Número de resolución64/2019
Fecha26 Febrero 2019

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA : 00064/2019

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCION SEGUNDA

APELACION DELITO LEVE

ROLLO ADI 1/2019

JUZGADO INSTRUCCIÓN MURCIA 2

LEI 22/2018

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY

SENTENCIA

En la ciudad de Murcia a 26 de Febrero de 2019

Visto en grado de apelación por el Ilmo. Sr. D. Magistrado Jaime Bardají García de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia el Juicio por Delito Leve Inmediato nº 22/2018 procedente del Juzgado de Instrucción nº 2 de Murcia por delito leve de hurto en virtud del recurso de apelación interpuesto por Fulgencio contra la Sentencia de fecha 15 de Octubre de 2018 dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de dicho Juzgado y como parte apelada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de referencia se dictó sentencia de fecha 15 de Octubre de 2018 en la que constan como Hechos Probados los siguientes: "Unico.- Sobre las 13.00horas del día 1 de Marzo de 2018 en el establecimiento Carrefour Atalayas de Murcia Fulgencio cogió unos calcetines y una sudadera tipo chaqueta cuyo precio total era de 14,99 €, quitó las etiquetas de seguridad y trató de salir del establecimiento sin abonar su importe, siendo interceptados por los vigilantes al saltar los dispositivos de seguridad. Los objetos han quedado inutilizados para su venta" y, cuya parte dispositiva o fallo es del siguiente tenor literal "Que debo condenar y condeno a Fulgencio como autor de un delito leve de hurto a la pena de multa de 40 días a razón de una cuota diaria de tres euros, 120 €, que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado una vez que adquiera f‌irmeza esta resolución. En caso de impago procederá la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas y todo ello con condena al pago de las costas".

SEGUNDO

Mediante escrito presentado por el condenado Fulgencio interpuso recurso de apelación en base a las alegaciones que hizo constar en el mismo y el que terminaba solicitando la revocación de la recurrida con

absolución del recurrente con todos los pronunciamientos favorables y, subsidiariamente, con imposición de una multa de siete días con una cuota diaria de dos euros y sin responsabilidad civil al haber sido recuperados los supuestos objetos sustraídos.

TERCERO

El Ministerio f‌iscal, evacuando el trámite conferido, presentó escrito impugnando el recurso de apelación formulado de adverso con arreglo a los motivos que hace constar en su escrito y en el que terminaba solicitando la conf‌irmación de la recurrida con desestimación del recurso.

CUARTO

Que elevadas las actuaciones a la Audiencia Provincial y, recibidas que fueron, se acordó la formación del oportuno rollo y su registro con el número ADI nº 1/2019, siendo Ponente, conforme al turno establecido, el Ilmo. Sr. Magistrado D. Magistrado Jaime Bardají García.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado, en lo esencial, las prescripciones establecidas en la ley.

HECHOS PROBADOS

Se acepta la declaración de hechos probados de la sentencia apelada

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Es objeto de censura en la alzada la sentencia recaída en la instancia por error en la valoración de la prueba por considerar no concurren elementos objetivos periféricos que corroboren o complementen las declaraciones del denunciante y de un testigo que, cuando menos, ofrece duda más que razonable sobre su credibilidad, habida cuenta de la relación que le une al denunciante. se cuestiona también el material probatorio al no...

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