SAP Barcelona 839/2004, 15 de Septiembre de 2004

PonenteMARIANO ASCANDONI LOBATO
ECLIES:APB:2004:10754
Número de Recurso418/2004
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución839/2004
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

SENTENCIA N ú m.

En la ciudad de Barcelona, a quince de septiembre de 2004.

VISTO, en grado de apelación, por el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a de la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial D/Dª. MARIANO ASCANDONI LOBATO, el Juicio de Faltas seguido bajo el nº 418/04 por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Granollers , por una falta de hurto , en el que fueron partes en calidad de denunciante Eugenio , en calidad de denunciado Juan Miguel y el Ministerio Fiscal por la acusación pública; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Juan Miguel contra la Sentencia dictada en los mismos el día 21 de abril de 2004 por el Sr. Juez del expresado Juzgado, y comparecido como apelado el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Juan Miguel , como criminalmente responsable en concepto de autor de una falta prevista, penada y tipificada en el art. 623 C.P . a la pena de 40 dias multa a razón de 6 euros el dia multa (ascendiendo el total a 240 euros) que deberá abonar dentro de los treinta dias siguientes a su requerimiento de pago, bajo apercibimiento de que en caso de impago quedará sujeto a una responsabilidad subsidiaria de un dia de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas. Juan Miguel deberá indemnizar a Eugenio en la cantidad de 300 euros. Asi mismo se le condena al pago de las costas que han sido devengadas en este proceso."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Juan Miguel , y admitido se le dió el trámite correspondiente por el Juzgado instructor, elevándose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia para la resolución del recurso.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se acepta la declaración de hechos probados que aparece en la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El primer motivo de apelación se contrae a la no aplicación por la sentecia a quo de la prescripción de la falta conforme al artículo 131.2 del Código Penal . Asi las cosas, se observa en la causa que con fecha 22 de Enero de 2003, el Juzgado de Instrucción nº 4 de Granollers dicta auto por el que incoa juicio de faltas, en...

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