SAP Barcelona 600/2007, 22 de Noviembre de 2007
Ponente | MARIA DEL CARMEN VIDAL MARTINEZ |
ECLI | ES:APB:2007:12862 |
Número de Recurso | 422/2007 |
Número de Resolución | 600/2007 |
Fecha de Resolución | 22 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª |
SENTENCIA N. 600/2007
Barcelona, veintidós de noviembre de dos mil siete
Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Catorce
Magistrados:
Francisco Javier Pereda Gámez
María del Carmen Vidal Martínez (Ponente)
Marta Font Marquina
Rollo n.: 422/2007
Juicio Verbal n.: 501/2006
Procedencia: Juzgado de Primera Instancia n. 9 de Barcelona
Objeto del juicio: juicio verbal en reclamación por aseguradora que se subroga al haber indemnizado a la asegurada por los
daños ocasionados por un incendio
Motivo del recurso: errónea valoración de la prueba
Apelante: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.
Abogado: Sr. Vallbona Zubizarreta
Procurador: Sr. Anzizu Furest
Apelado: Winterthur Seguros Generales, S.A.
Abogado: Sr. Abas Inglés
Procurador: Sra. García Martínez
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RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA
El día 25 de julio de 2006 la parte actora presentó demanda en la que solicitaba que se dicte sentencia "estimando íntegramente la presente y se condena a ENDESA Distribución Eléctrica, S.L., a pagar a mi principal WINTERTHUR Seguros Generales, S.A. de Seguros y Reaseguros, la cantidad de DOSMIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS CON SETENTA Y DOS CÉNTIMOS (2.696,72 Euros), con más los intereses legales desde la interpelación judicial incrementados en dos puntos desde Sentencia, y le imponga finalmente las costas del presente".
Relata, en síntesis, que el día 2 de diciembre de 2005 se produjo un incendio en la vivienda asegurada, debido a una sobretensión externa, y al haber pagado a su asegurado la cantidad reclamada, ejercita la acción prevista en el artículo 43 LCS .
La parte demandada contesta y opone la excepción de falta de legitimación activa, niega ser la responsable del daño, e impugna su importe.
La sentencia recurrida, de fecha 31 de enero de 2007 contiene la parte dispositiva del tenor literal siguiente: "Debo ESTIMAR Y ESTIMO íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Doña PALOMA PAULA GARCÍA MARTÍNEZ en nombre y representación de WINTERTHUR S.A. y, en consecuencia, condeno a ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L. a abonar a la parte actora la cantidad de 2.696,72 euros así como el interés legal de demora desde la demanda. Tras la sentencia, el interés será el legal incrementado en dos puntos. Y en cuanto a las costas, se impone su abono a la parte demandada".
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CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO DE APELACIÓN
El recurrente argumenta reproduce los mismos argumentos que hizo valer en el trámite de contestación.
El apelado se opone y coincide con la argumentación contenida en la sentencia apelada.
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TRÁMITES EN LA SALA
El asunto presenta diligencia de reparto de 21 de mayo de 2007. No se ha practicado prueba ni se ha celebrado vista. La deliberación y votación de la Sala se ha llevado a cabo en fecha 22 de noviembre de 2007 . Esta resolución no se ha dictado en el término previsto en el artículo 465.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil debido a causas estructurales, circunstancia que se hace constar a los efectos del artículo 211.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .
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EL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Esta Sala ya ha tenido ocasión de pronunciarse en relación a las demandas de responsabilidad dimanantes de contratos de suministros de energía eléctrica, y en sentencia de 4 de febrero de 2002 declaró que serán de aplicación los artículos 1089, 1091, 1101 y concordantes del Código Civil , y la Ley General para...
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