SAP Zaragoza 352/2004, 15 de Junio de 2004

PonenteMARIA ELIA MATA ALBERT
ECLIES:APZ:2004:1585
Número de Recurso704/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución352/2004
Fecha de Resolución15 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

SENTENCIA NUMERO: 352/04

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

PRESIDENTE

D. Julián Carlos Arqué Bescós

MAGISTRADOS

D. Francisco Acín Garós

Dª Mª Elia Mata Albert

En Zaragoza, a quince de junio de dos mil cuatro.

Vistos por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número Trece de Zaragoza, con el número 760 de 2001, Rollo número 704 de 2003, a instancia de D. Luis Andrés y PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representados por el Procurador Sr. Alfaro Gracia y defendidos por el Letrado Sr. González Guindin, apelante en esta instancia; contra D. Eugenio , representado por la Procuradora Sra. Artero y defendido por el Letrado Sr. León, apelante en esta instancia, y contra MAPFRE, S.A., representada por el Procurador Sr. Jiménez Giménez, y defendido por el Letrado Sr. Jiménez Jiménez, se adhiere al recurso de D. Eugenio e impugna el recurso de la parte actora, en cuyos autos, con fecha 8 de Julio de 2003, recayó Sentencia que desestimó íntegramente las demandas acumuladas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que desestimando en su integridad las demandas acumuladas interpuestas por la representación procesal de D. Luis Andrés contra "MAPFRE, MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRMA FIJA" y D. Eugenio y la interpuesta por este último contra D. Luis Andrés y "PELAYO, MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA", debo absolver y absuelvo a los respectivos demandados de las pretensiones contenidas en ambas demandas, siendo de cargo de ambas partes demandantes las costas devengadas por sus demandas."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la parte actora y por la parte codemandada D. Eugenio se presentó escrito de preparación del recurso de apelación, y dentro del término de emplazamiento, escrito de interposición del recurso de apelación, del que se dio traslado a las partes demandadas presentando dentro del término de emplazamiento MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS escrito en el que se adhiere al interpuesto por el Sr. Eugenio e impugna el interpuesto por el Sr. Luis Andrés ., la parte actora se opuso al recurso interpuesto por el Sr. Eugenio . Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.

TERCERO

No habiéndose aportado nuevos documentos, ni propuesto prueba, ni considerándose necesaria la celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 8 de Junio de 2004.

CUARTO

Que en la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el art. 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al pender de resolución ante esta Sala un elevado número de recursos.

Habiendo sido ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado DOÑA Mª Elia Mata Albert.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia dictada en la instancia desestimó las demandas formuladas por ambas partes en reclamación del importe de las responsabilidades civiles derivadas del accidente de tráfico en que se vieron implicadas, en atención a la falta de prueba concreta de la forma en que ocurrió el accidente, y, por tanto, de la demostración de cual de los dos conductores incurrió en negligencia en su actuar, y contra ella se alzan D. Luis Andrés , que suplica su revocación y la estimación íntegra de su demanda, con desestimación de la demanda deducida de contrario, D. Eugenio que interesa la estimación de su demanda, y Mapfre Mutualidad de Seguros que se adhiere al interpuesto por el Sr. Eugenio suplicando la confirmación de su absolución.

SEGUNDO

Los tres recursos planteados, que se fundamentan en error valorativo de la prueba practicada en la causa, pretenden una revisión de lo hasta ahora actuado, incoado...

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