SJPII nº 1 747/2018, 13 de Noviembre de 2018, de Toledo
Ponente | JUAN RAMON BRIGIDANO MARTINEZ |
Fecha de Resolución | 13 de Noviembre de 2018 |
ECLI | ES:JPII:2018:176 |
Número de Recurso | 109/2014 |
JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1
TOLEDO
SENTENCIA: 00747/2018
C/ MARQUES DE MENDIGORRIA 2
Teléfono: 925-396028/30 , Fax: 925-396033
Correo electrónico:
Equipo/usuario: NMM
Modelo: S40000
N.I.G. : 45168 41 1 2014 0015180
181 PZ.INC.CONC. OPOSICION APROB. CUENTAS(181) 0000109 /2014 0001
Procedimiento origen: S1C SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000109 /2014
Sobre OTRAS MATERIAS
ACREEDOR , ACREEDOR , ACREEDOR , ACREEDOR , ACREEDOR D/ña. BANCO SABADELL, S.A., SAREB , AEAT , AYUNTAMIENTO DE MURCIA , AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA
Procurador/a Sr/a. CRISTINA PUYO ROMERO, FRANCISCO ABAJO ABRIL , , , FERNANDO MARIA VAQUERO DELGADO
Abogado/a Sr/a. , , LETRADO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA , LETRADO AYUNTAMIENTO ,
DEUDOR D/ña. PROMOTORA CAMINO DE LA PLATA S.A.
Procurador/a Sr/a. BELEN CABANAS BASARAN
Abogado/a Sr/a.
SENTENCIA
En Toledo a 13 de noviembre de 2018 .
Vistos por el Iltmo Sr. D. Juan Ramón Brigidano Martínez los autos nº 1 de incidente concursal instados por EL ABOGADO DEL ESTADO, en representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria contra la solicitud de conclusión de concurso y del informe de rendición de cuentas presentados por la Administración Concursal de PROMOTORA CAMINO DE LA PLATA, S.A. .
1- La Administración Concursal presentó escrito con la rendición de cuentas , informe sobre operaciones finales de la liquidación y petición de que se declare finalizada la fase de liquidación de lo que se dio traslado a los acreedores .
2- EL ABOGADO DEL ESTADO, en representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria presentó escrito de oposición a la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal, y solicitaba se dicte sentencia de desaprobación, requiera a la Administración Concursal a fin de que presente una rendición de cuentas completa y corregida en los términos expuestos; todo ello con condena a las costas causadas en el presente incidente. .
2- Contestada la demanda incidental por la Administración Concursal quedó para resolver .
1- Las razones por las que al Abogado del Estado se opone a la rendición de cuentas presentada son que la Administración concursal acusó recibo del certificado de nuevas deudas de 21/02/2018, siendo así que en dicho certificado se notifican a la Administración concursal créditos concursales por importe de 422.595,60 € y de los que no se hace mención alguna en la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
2- BUFETE MARFIL & RAMOS, S.L. cono administrador concursal de la Mercantil "PROMOTORA CAMINO DE LA PLATA, S.A." se opone a la demanda presentada alegando que se trata de un crédito y que se corresponde con una sanción por infracción tributaria, la cual ha resultado recurrida por esta Administración Concursal ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, y que por tanto, no es firme, lo que le otorga el carácter de crédito contingente, y en su caso subordinado, al tratarse de un crédito proveniente de una sanción pecuniaria, tal como establece el art. 92.4º LC , No obstante lo anterior la Administración Concursal se allana a la pretensión de la AEAT...
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