STSJ Comunidad Valenciana 71/2019, 8 de Febrero de 2019
Ponente | ESTRELLA BLANES RODRIGUEZ |
ECLI | ES:TSJCV:2019:742 |
Número de Recurso | 385/2016 |
Procedimiento | Contencioso |
Número de Resolución | 71/2019 |
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2019 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso nº 385 /2016
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Primera
Sentencia número 71/2.019
Ilmos. Sres. Magistrado Presidente. Magistradas: Don Carlos Altarriba Cano, Doña Desamparados Iruela
Jiménez, Doña Lucia Débora Padilla Ramos y Doña Estrella Blanes Rodríguez.
En la Ciudad de Valencia, 8 de febrero del 2019
Visto por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso- administrativo número 385 /2016 interpuesto por PROFU SA, contra Resolucion del Secretario Autonómico de Vivienda, Obras públicas y Vertebración del territorio de fecha 15.3.2016 que desestimó el recurso de Alzada contra el Acuerdo de fecha 23.3.2009 de aprobación definitiva de Homologación y PRI de la UE 24 San Ramón del Campello, habiendo sido parte, como demandada la CONSELLERIA DE OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Estrella Blanes Rodríguez
La actora interpuso recurso y formalizó escrito de demanda en el que solicitó la nulidad del acto impugnado y la obligación de la administracion de resolver el fondo del recurso de alzada y subsidiariamente la nulidad del acto impugnado y los anteriores concordantes y que existe caducidad del procedimiento por lo que debe seguirse la tramitación del mismo.
Las representaciones de la demandadas contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitaron que fuera dictada sentencia desestimando el recurso.
Habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, fue practicó con el resultado que obra en autos y, tras la presentación de conclusiones, quedaron los autos pendientes para deliberación, votación y fallo.
Fue señalado la deliberación, votación y fallo el día 6 de febrero del 2019.
En la tramitación del presente proceso han sido observadas las prescripciones legales.
Constituye en el objeto del recurso la pretensión del actora de nulidad del acto impugnado y la declaración de la obligación de la administración demandada de resolver en el fondo el recurso alzada
planteado y subsidiariamente la nulidad del mismo y anteriores concordantes y la declaración de que no existe caducidad del procedimiento administrativo por lo que debe seguir tramitándose el mismo
La recurrente expone que presentó para su tramitación ante el Ayuntamiento de El Campello un programa de actuación integrada, plan de reforma interior expediente de homologación y proyecto de urbanización de la unidad ejecución 24 del Campello, al amparo del Plan General de 1986, dando lugar al expediente 121-63/2000 que fue aprobado de forma provisional por el Ayuntamiento, otorgándole la condición de urbanizador y remitiéndolo a la Consellería para su aprobación definitiva el 14 de noviembre del 2005 emitiendo los servicios técnicos informe de deficiencias que había que subsanar .
El Ayuntamiento procedió a tramitar la subsanación, comunicándole un informe desfavorable de la oficina del Plan de Carreteras, la actora realizó gestiones con el Ministerio de Fomento, el Ayuntamiento y el Ministerio suscribieron un convenio con el compromiso del Ayuntamiento de redactar en el plazo de seis meses, desde el uno de setiembre del 2008, es decir el 1 de febrero del 2009, un proyecto de obras de mejoras en los tramos urbanos de la Red de carreteras del estado en el término municipal de el Campello.
En noviembre del 2008 la administración autonómica requirió al Ayuntamiento para que acreditase la subsanación, requerimiento que no fue comunicado a la actora. El Ayuntamiento procedió a ejecutar en el año 2009 las obras de acondicionamiento y el 23 de marzo de 2009, la Comisión territorial de urbanismo acordó la caducidad del procedimiento de aprobación definitiva del recurso por la falta de subsanación de la deficiencia respecto a la deficiencia del Plan de carreteras e interpuesto recurso alzada, la administracion autonómica en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba