STSJ Comunidad de Madrid 842/2018, 30 de Noviembre de 2018

PonenteJOSE FELIX MARTIN CORREDERA
ECLIES:TSJM:2018:12639
Número de Recurso356/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución842/2018
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2018
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Séptima C/ General Castaños, 1, Planta Baja - 28004

Tlfs. 914934767-66-68-69

33010280

NIG: 28.079.00.3-2016/0025602

Recurso de Apelación 356/2018

Recurrente : D./Dña. Emiliano

PROCURADOR D./Dña. JACINTO GOMEZ SIMON

Recurrido : CONSEJERIA DE SANIDAD

LETRADO DE COMUNIDAD AUTÓNOMA

SENTENCIA Nº 842/2018

Presidente:

D./Dña. Mª JESUS MURIEL ALONSO

Magistrados:

D./Dña. ELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTI

D./Dña. IGNACIO DEL RIEGO VALLEDOR

D./Dña. MATILDE APARICIO FERNÁNDEZ

D./Dña. SANTIAGO DE ANDRÉS FUENTES

D./Dña. JOSÉ FELIX MARTÍN CORREDERA.

En Madrid a 30 de noviembre de 2018.

Esta Sala ha visto el recurso de apelación número 356/2018, interpuesto por don Emiliano, representado por el procurador don Jacinto Gómez Simón, contra la sentencia de 22 de noviembre de 2017, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 18 de Madrid en el procedimiento abreviado número 473/2016.

Ha comparecido como apelado el letrado de la Comunidad de Madrid.

Y ha actuado como ponente don JOSÉ FELIX MARTÍN CORREDERA, magistrado de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 22 de noviembre de 2017, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 18 de Madrid dictó sentencia en el procedimiento abreviado número 473/2016 interpuesto por don Emiliano, facultativo especialista en Cirugía General y Aparato Digestivo del SERMAS frente a la resolución de 25 de octubre de 2016 del Viceconsejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid desestimatoria del recurso de alzada formulado en oposición a la del Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS, de 21 de abril de 2016, recaída en el expediente disciplinario NUM000 por la que se impuso al apelante la sanción de dos años de suspensión de funciones por la comisión de una falta muy grave tipificada en el artículo 72, apartado 2, letra k/ de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, con el siguiente fallo:

QUE DEBO DESESTIMAR el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Emiliano, contra la Resolución del Viceconsejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid (aunque la parte actora lo identifica como del Director General), de 5 de octubre de 2016, en la que se desestimó el recurso de alzada presentado el día 23 de mayo de 2016, contra la Resolución del Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, de 21 de abril de 2016, adoptada en el expediente disciplinario número NUM000, en la que se impuso al ahora demandante una sanción de dos años de suspensión de funciones por la comisión de una falta muy grave tipificada en el artículo 72.2.k) de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre . Sin costas.

SEGUNDO

Notificada a las partes, la representación de don Emiliano interpuso recurso de apelación el cual, una vez admitido y, tramitado conforme a las previsiones legales, fue remitido para su resolución junto con los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidas las actuaciones, formado rollo de apelación y al no haberse solicitado el recibimiento de la apelación a prueba, ni la celebración de vista o la presentación de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 28 de noviembre de 2018, fecha en que ha tenido lugar.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Con fecha 19 de junio de 2015, la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, dictó sentencia en el procedimiento Abreviado número 64/2015 con el siguiente fallo:

" Debemos condenar y condenamos, por conformidad de las partes, al acusado Emiliano como autor criminalmente responsable de un delito continuado de estafa en concurso real con un delito continuado de falsedad en documento público, concurriendo las circunstancias atenuantes de reconocimiento de hechos y de reparación del daño, ambas como muy cualificadas, a la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, Y MULTA DE 20 MESES CON UNA CUOTA DIARIA DE 12 €, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas día impagadas. Por vía de responsabilidad civil que abone a la CONSEJERÍA DE SANIDAD DE LA COMUNIDAD DE MADRID la suma de 7.179'55 euros. Así como al pago de las costas".

Como por los hechos enjuiciados había sido incoado igualmente expediente disciplinario, teniendo en cuanto lo establecido en el art. 71.5 del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud en orden a la vinculación a los hechos declarados por resoluciones judiciales firmes, en la resolución originaria se reproducen los establecidos en la sentencia penal. Textualmente trasladados son así:

"CARGO ÚNICO (Transcripción del hecho probado de la sentencia):

"SE CONSIDERA PROBADO, por conformidad de las partes que: El acusado, Emiliano, español con DNI NUM001, nacido el NUM002 -1956 y carente de antecedentes, abusando de su posición e especialista del Servicio de Cirugía y Digestivo en el Hospital "La Princesa" de Madrid y movido por el deseo de lucrarse ilícitamente con la venta posterior de los fármacos y de adquirir para sí fármacos que no podía obtener por el conducto reglamentario, entre los días 31 de mayo de 2010 y 25 de marzo de 2011, extendió de su puño y letras 149 recetas oficiales de la Seguridad Social del modelo P.3/1 de pensionista en las cuales estampilló su sello profesional como facultativo del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), colocó las pegatinas con los datos personales de los siguientes pacientes tratados en el citado hospital, a los cuales el acusado nunca había recetado esos medicamentos, sindo los pacientes los filiados como Nicanor, Angustia, Azucena, Sergio, Silvio, Carina, Victorio, Jose Manuel, Constanza, Coro, Jose Pablo, Carlos Manuel, Carlos Miguel, Emilia, Luis Alberto, Jesús María, Estrella y Eulalia . Tras extender las recetas, Emiliano ya por sí mismo ya a través de terceras personas cuyo conocimiento de la actuación ilícita del imputado no ha quedado acreditado, adquirió en once diferentes farmacias de Madrid numerosos fármacos con las recetas oficiales que él mismo había extendido, fingiendo que adquiría los medicamentos en representación y con conocimiento de los pacientes, sin que el imputado tuviera que abonar importe alguno por estas medicinas al

ser recetas de pensionistas. Emiliano acudió a once establecimientos de farmacia de Madrid y adquirió por sí mismo o bien ayudado por terceros, entre otros, los siguientes medicamentos:

-El día 31 de mayo de 2010, el imputado adquirió los medicamentos "Artedil", "Capenon", "Cipralex", "Irenor", "Itraconazol" y "Karvea" en la Farmacia n9 1372, sita en la C/ Madre de Dios n2 14, recetas que el imputado había extendido a nombre de D. Sergio .

-El día 5 de agosto de 2010, adquirió en la Farmacia n9 1372, sita en la C/ Madre de Dios riQ 14 los medicamentos "Karvea" y "Valdoxan", que el inculpado prescribió a nombre de Coro, mujer que había fallecido el 10-10¬2009.

-El día 11 de agosto de 2010, adquirió en la Farmacia n9 434 de la C/ José Ortega y Gasset n9 69 los fármacos "Cardyr y dos "Nexium", habiendo extendido las recetas a nombre de Carlos Manuel .

-A primera hora del día 6 de mayo de 2011, adquirió en la Farmacia n2 892, sita en la C/ Francisco Silvela n9 36 de Madrid los fármacos "Orfidal" y el "Valdoxan", recetas que el imputado había extendido a nombre de D. Nicanor y para cuya expedición es preciso exhibir el DNI del adquirente, lo que hizo Emiliano

-El día 17 de agosto de 2010, el imputado adquirió las medicinas "Amoxicilina" y "Nexium" en la Farmacia n9 1488 de la C/ General Rodrigo n9 6, recetas que él había extendido a nombre de Carina, mujer nonagenaria ingresada por su grave dolencia en una residencia geriátrica de Majadahonda y cuyas medicinas le eran dispensadas en dicha residencia.

-El día 28 de diciembre de 2010, el imputado adquirió los medicamentos "Hibor" y "Naropin", en la Farmacia n9 434 de la C/ José Ortega y Gasset n9 69, habiendo extendido las recetas a nombre de Azucena .

-El dia 31 de diciembre de 2010, Emiliano consiguió la expendición del fármaco "Lexatín" en la Farmacia n9 753 de la C/ Príncipe de Vergara n9 256 de Madrid, habiendo extendido la receta a nombre de Jose Pablo y que fue...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Comunidad Valenciana 557/2021, 14 de Julio de 2021
    • España
    • July 14, 2021
    ...non bis in idem dado que ya ha sido sancionado en procedimiento penal, motivo que desestima tras reproducir las sentencias del TSJ Madrid n.º 842, de fecha 30 noviembre 2018 y la n.º 405/1997 de fecha Se rechaza, en segundo lugar, la vulneración del principio de proporcionalidad al constar ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR