STSJ Cantabria 439/2018, 14 de Noviembre de 2018
Ponente | MARIA DE LA PAZ HIDALGO BERMEJO |
ECLI | ES:TSJCANT:2018:553 |
Número de Recurso | 153/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 439/2018 |
Fecha de Resolución | 14 de Noviembre de 2018 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A nº 000439/2018
Ilma. Sra. Presidente en funciones
Doña Clara Penin Alegre
Ilmos. Srs. Magistrados
Don Jose Ignacio Lopez Carcamo
Doña Paz Hidalgo Bermejo
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En la ciudad de Santander, a catorce de noviembre de dos mil dieciocho. La Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso de Apelación número 153/2018, interpuesto por Don Serafin, representado por la Procuradora Doña Marta Mesones Mesones, y defendido por el Letrado Don Jaime Dañobeitia, siendo parte recurrida la Administración del Estado, representada y asistida por Abogado del Estado.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Santander dictó Auto de fecha 5 de junio de 2018, recaído en el Procedimiento Abreviado nº 99/2018, cuya parte dispositiva estableció que: " Acuerdo archivar sin más trámite el presente recurso contencioso administrativo interpuesto por D. Serafin contra la Delegación de Gobierno por expediente sancionador de fecha 19 de febrero de 2018".
Frente al citado auto, Don Serafin interpone, por escrito presentado el día 20 de junio de 2018, recurso de apelación, solicitando la revocación de la resolución apelada y que se anule y se declare no ser conforme a derecho la resolución recurrida, disponga la admisión a trámite del recurso interpuesto contra la resolución de la Delegación de Gobierno en Cantabria de 27-2-18.
Por Diligencia de Ordenación, de fecha 21 de junio de 2018, se admitió a trámite el recurso de apelación y se acordó dar traslado del mismo a las partes personadas, presentándose por el Abogado del Estado, el día 29 de junio de 2018, escrito de oposición al recurso de apelación, solicitando su desestimación, la confirmación del Auto impugnado y la condena en costas a la parte apelante.
Por Diligencia de Ordenación, de fecha 29 de junio de 2018, se elevaron las actuaciones a este Tribunal, siendo designada Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Doña Paz Hidalgo Bermejo, y por Providencia de la Sala de 3 de septiembre de 2018, se señaló el día 7 de noviembre de 2018 para la deliberación votación y fallo del recurso de apelación en que tuvo lugar.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones del artículo 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa Ley 29/1.998, de 13 de Julio.
El Auto recurrido en apelación, dictado el 5 de junio de 2018, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Santander, acordó el archivo del recurso contencioso interpuesto frente a la Resolución de la Delegación de Gobierno de Cantabria, de fecha 19 de febrero de 2018, que acordó imponer al recurrente la sanción de expulsión del territorio nacional español con prohibición de entrada por periodo de un año, por infracción del art. 53.1 a) de la LO 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
El Auto acuerda el archivo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 45-3 LJCA porque, considerando aplicable el art. 22 de la Ley de Extranjería, no se ha cumplimentado el requerimiento realizado por Diligencia de Ordenación de fecha 2 de abril de 2018, al no acreditar el recurrente su voluntad de recurrir.
Don Serafin interpone recurso de apelación frente al Auto oponiendo que al recurrente le fue reconocida justicia gratuita que lleva consigo la designación de abogado y cuando sea preciso de procurador de oficio, citando la STSJ Madrid de 28-9-16 y alegando la aplicación del principio pro actione que procribe las decisiones de inadmisión que por su rigorismo excesivo o por cualquier otra razón revelen desproporción entre los fines que aquellas causas preservan y los intereses que sacrifican.
La...
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