STSJ Castilla-La Mancha 253/2018, 15 de Octubre de 2018

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Octubre 2018
EmisorTribunal Superior de Justicia de Castilla - La Mancha, sala Contencioso Administrativo
Número de resolución253/2018

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1

ALBACETE

SENTENCIA: 00253/2018

Recurso Contencioso-Administrativo nº 349/2014 y acumulado 509/2014

TOLEDO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE CASTILLA-LA MANCHA.

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Primera.

Magistrados, Ilmos. Sres.:

  1. José Borrego López, Presidente.

    Dª. Eulalia Martínez López

  2. Guillermo B. Palenciano Osa

    Dª. María Prendes Valle

    SENTENCIA Nº 253

    En Albacete, a 15 de octubre de 2018.

    Vistos por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, bajo el número 349/2014 y acumulado 509/2014 del recurso contencioso-administrativo, seguidos a instancia de Copcisa, SA.- Lahoz Hermanos Constructores, SA. Unión Temporal de Empresas, representada por el Procurador D. Francisco Ponce Real, contra la Consejería de Educación. Cultura y Deportes, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, representada y dirigida por el Letrado de la Junta, sobre : Resolución de Contrato. Liquidación adicional de la indemnización por daños y perjuicios derivados de la suspensión de la obra y la resolución del contrato previsto en la Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de fecha 20 de junio de 2013, por la que se acuerda la resolución (extinción) del contrato de obras de remodelación integral del IES "Alfonso VIII", en Cuenca, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Eulalia Martínez López, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 22 de septiembre de 2014, PO 349/2014, recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de 09 de junio de 2014, del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, por la que se acuerda:

1- Denegar, la suspensión solicitada por D. Urbano, en nombre y representación de la UTE Copcisa, S.A- Lahoz Hermanos Constructores, al no apreciarse la existencia de perjuicios de imposible o difícil reparación, ni la concurrencia de las causas de nulidad alegadas.

2- Desestimar el Recurso de Alzada interpuesto por D. Urbano, en nombre y representación de la UTE Copcisa,

S.A- Lahoz Hermanos Constructores, frente a la Resolución de la Secretaria General de Educación, Cultura y Deportes, de liquidación adicional de la indemnización por daños y perjuicios derivados de la suspensión de la obra y de la resolución del contrato de obras de remodelación integral del ÍES "Alfonso VIII" de Cuenca, por los motivos expuestos en los Fundamentos de Derecho de esta Resolución.

Así mismo, en el PO 509/2014, que fue presentado ante los Juzgados de lo Contencioso de Toledo, turnado al número 2 de los de esta localidad, PO 39/13, recurso contencioso administrativo presentado en 04 de febrero de 2013, en el que se impugnan las siguientes Resoluciones:

  1. - Denegación por silencio administrativo de la solicitud de indemnización por daños y perjuicios causados por impago, de resolución de contrato imputable a la Administración, y, reclamación patrimonial por ruptura del equilibrio económico-f‌inanciero, solicitud de fecha 26 de octubre de 2012 ;

    Que amplio frente a:

  2. - La Resolución de 07 de marzo de 2014, de la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se determina la liquidación por daños y perjuicios derivados de la suspensión de la obra y de la Resolución del Contrato previsto en la Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de fecha 20 de junio de 2013, por la que se dicta Resolución del Contrato de obras de remodelación del IES "Alfonso VIII" en Cuenca.

  3. - La Resolución de 09 de junio de 2014, del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, por la que se desestima el recurso de alzada presentado por D. Urbano, en nombre y representación de la UTE Copcisa,

    S.A- Lahoz Hermanos Constructores frente a la Resolución de la Secretaria General de Educación, Cultura y Deportes, de 7 de marzo de 2014, por la que se determinó la liquidación adicional de la indemnización por daños y perjuicios derivados de la suspensión de la obra y de la resolución del contrato previsto en la Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de fecha 20 de junio de 2013, por la que se acordó la resolución (extinción) del contrato de obras de remodelación integral del ÍES "Alfonso VIII" en Cuenca.

    Una vez declarada la competencia de la Sala para conocer del Recurso que se había tramitado bajo el nº 39/2013 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Toledo, PO 509/14 de esta Sala y Sección, por Auto de fecha 27 de febrero de 2015, se acuerda la ampliación a las Resoluciones que anteceden, (números 2 y 3) que venía solicitada.

    Y, por otra parte, por Auto de fecha 16 de julio de 2015, se acuerda acumular al PO 349/2014 el 509/2014, también de esta Sala y Sección.

    Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando sentencia de conformidad con lo interesado en el suplico de dicho escrito procesal.

SEGUNDO

Contestada la demanda por el Letrado de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la representación que ostenta, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entiende aplicables, solicita sentencia desestimatoria del recurso.

TERCERO

Fijada la cuantía en 1.159.439,52 €, se declara concluso el periodo de práctica de prueba en su día formados, junto a la prueba recibida, y, posteriormente a haber sido requerida la recurrente, para que, conforme a lo que venía interesado, por las partes, formulara conclusiones escritas, aporto un escrito adjuntando documentación, que se han incorporado a autos, para que esta Sala resuelva sobre su admisión en esta Sentencia, y, una vez que, se reaf‌irmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, se señaló día y hora para votación y fallo, el 17 de mayo de 2018, en que tuvo lugar, terminándose de deliberar en 27 de septiembre de 2018.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tiene por objeto el Recurso, como se dijo, PO 349/2014, recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de 09 de junio de 2014, del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, por la que se acuerda:

1- Denegar, la suspensión solicitada por D. Urbano, en nombre y representación de la UTE Copcisa, S.A- Lahoz Hermanos Constructores, al no apreciarse la existencia de perjuicios de imposible o difícil reparación, ni la concurrencia de las causas de nulidad alegadas.

2- Desestimar el Recurso de Alzada interpuesto por D. Urbano, en nombre y representación de la UTE Copcisa,

S.A- Lahoz Hermanos Constructores, frente a la Resolución de la Secretaria General de Educación, Cultura y Deportes, de liquidación adicional de la indemnización por daños y perjuicios derivados de la suspensión de la obra y de la resolución del contrato de obras de remodelación integral del ÍES "Alfonso VIII" de Cuenca, por los motivos expuestos en los Fundamentos de Derecho de esta Resolución.

Así mismo, en el PO 509/2014, que fue presentado ante los Juzgados de lo Contencioso de Toledo, turnado al número 2 de los de esta localidad, PO 39/13, recurso contencioso administrativo presentado en 04 de febrero de 2013, en el que se impugnan las siguientes Resoluciones:

  1. - Denegación por silencio administrativo de la solicitud de indemnización por daños y perjuicios causados por impago, de resolución de contrato imputable a la Administración, y, reclamación patrimonial por ruptura del equilibrio económico-f‌inanciero, solicitud de fecha 26 de octubre de 2012 ;

    Que amplio frente a:

  2. - La Resolución de 07 de marzo de 2014, de la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se determina la liquidación por daños y perjuicios derivados de la suspensión de la obra y de la Resolución del Contrato previsto en la Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de fecha 20 de junio de 2013, por la que se dicta Resolución del Contrato de obras de remodelación del IES "Alfonso VIII" en Cuenca.

  3. - La Resolución de 09 de junio de 2014, del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, por la que se desestima el recurso de alzada presentado por D. Urbano, en nombre y representación de la UTE Copcisa,

    S.A- Lahoz Hermanos Constructores frente a la Resolución de la Secretaria General de Educación, Cultura y Deportes, de 7 de marzo de 2014, por la que se determinó la liquidación adicional de la indemnización por daños y perjuicios derivados de la suspensión de la obra y de la resolución del contrato previsto en la Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de fecha 20 de junio de 2013, por la que se acordó la resolución (extinción) del contrato de obras de remodelación integral del ÍES "Alfonso VIII" en Cuenca.

    Una vez declarada la competencia de la Sala para conocer del Recurso que se había tramitado bajo el nº 39/2013 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Toledo, PO 509/14 de esta Sala y Sección, por Auto de fecha 27 de febrero de 2015, se acuerda la ampliación a las Resoluciones que anteceden, (números 2 y 3) que venía solicitada.

    Y, por otra parte, por Auto de fecha 16 de julio de 2015, se acuerda acumular al PO 349/2014 el 509/2014, también de esta Sala y Sección.

    Pretende la actora en su demanda que:

    "

    1. Se declare la nulidad de pleno derecho de la Resolución de fecha 20 de junio de 2013 dictada por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha.

    2. Se declare la nulidad de pleno derecho de la Resolución de fecha 7 de marzo de 2014...

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