STSJ Comunidad Valenciana 723/2018, 18 de Julio de 2018

PonenteROSARIO VIDAL MAS
ECLIES:TSJCV:2018:4114
Número de Recurso615/2017
ProcedimientoRecurso de apelación. Contencioso
Número de Resolución723/2018
Fecha de Resolución18 de Julio de 2018
EmisorSala de lo Contencioso

ROLLO DE APELACIÓN NÚMERO 615/2017

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION QUINTA

S E N T E N C I A NUM. 723 /18

En la ciudad de Valencia, a 18 de julio de 2.018.

Visto por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don FERNANDO NIETO MARTIN, Presidente, don JOSE BELLMONT MORA, doña ROSARIO VIDAL MAS, DOÑA BEGOÑA GARCIA MELENDEZ y DOÑA LOURDES PÉREZ PADILLA, Magistrado/as, el Rollo de apelación número 615/17, interpuesto por el Procurador don JOSEPFERRAN ALBERT I GARCÍA, en nombre y representación de Balbino y asistido por el Letrado DON XAVIER VIDAL PENALBA, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Castellón, en fecha 10-3-17, en el recurso Contencioso-Administrativo 475/16, siendo Ponente la Magistrada Doña ROSARIO VIDAL MAS y a la vista de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo mencionado se remitió a esta Sala el antedicho recurso contencioso-administrativo junto con el recurso de apelación mencionado, estableciendo el Fallo de la sentencia: " Que procede desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Balbino ...contra la resolución dictada en fecha cuatro de julio de dos mil diciséis por la Subdelegación de Gobierno de Castellón...por la que se acordaba desestimar el recurso de reposición interpuesto frente a la resolución dictada en fecha quince de abril de dos mil dieciséis por la que se acordaba la expulsión ...del territorio nacional.. por un período de cinco años..."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de Apelación que fue admitido y elevados los autos a esta Sala.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 17-7-18.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTACION JURIDICA

PRIMERO

Se interpone el presente recurso de Apelación al estimar la Apelante que, en primer lugar, la sentencia incurre en error respecto a la valoración de la prueba, puesto que no ha tenido en cuenta en ningún momento que el recurrente tiene un permiso de residencia de larga duración, debiendo aplicarse el artículo

57.5 de la Ley y no el 57.2, circunstancia que fue advertida por la parte a lo largo de todo el procedimiento, que estima por ello ha incurrido en vicio de nulidad.

En segundo lugar, como consecuencia de ello, no han sido valoradas las circunstancias que concurren en el recurrente, que lleva más de diez años en España, ocho de los cuales ha tenido permiso de residencia, que tiene a toda su familia en España, que su mujer está regularizando la situación de sus hermanos, cuñados y sobrinos, que se encontraba trabajando, por lo que se encuentra cobrando el desempleo, que se encuentra desarraigado de Marruecos, donde no tiene familia, invocando al respecto Jurisprudencia aplicable.

La sentencia no ha realizado una ponderación adecuada del riesgo real y actual contra el orden público que puede suponer la presencia del recurrente, invocando al efecto la Jurisprudencia europea.

La Administración se opone al recurso al considerar que no existe error alguno en la valoración de la prueba y que tanto la sentencia como la resolución administrativa están debidamente motivadas, señalando respecto a la situación de arraigo que sólo cabría apreciar el tiempo que lleva en España, que no acredita la autorización de residencia de su esposa, que carece de autorización de residencia porque le fue anulada la misma por simulación de relación laboral, al igual que la de su esposa al haber sido reagrupada por él, careciendo de cualquier otro tipo de arraigo.

La sentencia apelada, tras la identif‌icación del acto objeto del recurso y de las posturas de las partes, rechaza la falta de motivación de la resolución administrativa tras analizar las exigencias legales y jurisprudenciales al respecto, así como también las alegaciones relativas a vicios procedimentales y entrando en el fondo de la cuestión planteada, reproduce el art. 57.2 de la LOEX e invoca sentencias de esta Sala en su aplicación, pasando a analizar las circunstancias concretas que concurren en el recurrente y destaca:

"....el actor fue condenado en virtud de sentencia dictada en fecha 17 de julio de 2014 por el Juzgado de lo Penal número 5 de Almería a una pena de 3 años y 1 día de prisión como autor responsable de una delito de "tráf‌ico de drogas sin grave daño a la salud ... siendo así que la constatación de esta circunstancia comporta necesariamente que el actor esté incurso en la causa de expulsión que se establece en el ya aludido artículo

57.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, ya que el aludido delito por el que ha sido condenado y del que trae causa la resolución administrativa de expulsión controvertida en esta litis, justif‌ica la imposición de la aludida medida de expulsión, al evidenciar la condena impuesta por el delito anteriormente referido que su comportamiento es notablemente reprochable, tratándose de una amenaza real y suf‌icientemente grave para el orden público o la seguridad pública, que justif‌ica la expulsión de conformidad con el artículo 12 de la Directiva 2003/109/CE, en cuanto la comisión de un delito de tráf‌ico de drogas no puede cuestionarse que supone una conducta contraria al orden público y la paz socia ly revela que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STS 1440/2019, 24 de Octubre de 2019
    • España
    • 24 Octubre 2019
    ...lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, dictada -18 de julio de 2018- en el recurso de apelación número 615/2017, deducido frente a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Castellón, de 10 de marzo de 2017 (P.A. 2º) Precisar que......
  • ATS, 19 de Febrero de 2019
    • España
    • 19 Febrero 2019
    ...lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, dictada -18 de julio de 2018- en el recurso de apelación número 615/2017 , deducido frente a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Castellón, de 10 de marzo de 2017 (P.A. 475/2016 ) Prec......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR