STSJ Andalucía 699/2018, 15 de Marzo de 2018

PonenteRAFAEL FERNANDEZ LOPEZ
ECLIES:TSJAND:2018:7969
Número de Recurso1933/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución699/2018
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2018
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

AMS

SENT. NÚM. 699/18

ILTMO. SR. D. JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ VIÑAS

PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JORGE LUIS FERRER GONZÁLEZ

ILTMO. SR. D. RAFAEL FERNÁNDEZ LÓPEZ

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada, a 15 de marzo de 2018

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 1933/17, interpuesto por Eloisa contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 GRANADA, en fecha 30 de marzo de 2017, en Autos núm. 913/2015, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL FERNÁNDEZ LÓPEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Eloisa en reclamación de MATER. LABO. INDIV., contra FEDERACION GRANADINA DE PERSONAS DISCAPACITADAS FÍSICAS (FEGRADI), CELEMÍN FORMACIÓN S.L., DOMICILIA GRUPO NORTE S.L., AL ALBA GRANADA ALMERÍA S.L., AGENCIA PÚBLICA ANDALUZA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 1 de junio de 2017, por la que se desestimaba la demanda.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- Dª Eloisa presta servicios para AL ALBA GRANADA ALMERÍA S.L en centro educativo público E.I. Arco Iris de Churriana de la Vega desde el 9-01-2017 con categoría profesional de auxiliar técnico educativo, contrato fijo discontinuo, de 30 horas semanales.

Con anterioridad, la demandante prestó los mismos servicios en centros educativos públicos para FEGRADI, CELEMIN FORMACIÓN S.L y DOMICILIA GRUPO NORTE S.L

Dª Maribel prestó servicios para DOMICILIA GRUPO NORTE S.L en centro educativos públicos desde el 1-11-2014 hasta el 8-1-2017 como cuidadora, contrato fijo discontinuo, 30 horas semanales y salario bruto con prórroga de pagas extra de 668,21€.

Se dan por íntegramente reproducidos el informe de vida laboral, contratos suscritos y documentos de subrogación.

SEGUNDO

La Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y financieras, creó en su artículo 41 el Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos, como una entidad de Derecho Público de las previstas en el artículo 6.1.b) de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, adscrita a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de educación no universitaria, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines.

El Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos tiene como objeto llevar a cabo la gestión de las infraestructuras educativas y servicios complementarios de la enseñanza cuya competencia corresponda a la Comunidad Autónoma.

Por Decreto 219/2005, de 11 de octubre, se aprueban los Estatutos del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos. Los artículos 1.1 y 2 del indicado Ente Público, establecen lo siguiente:

"Artículo 1. Naturaleza y fines generales.

  1. El Ente Público de Infraestructuras y Servicios Educativos, creado por el artículo 41 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y financieras, es una entidad de derecho público de la Junta de Andalucía de las previstas en el art. 6.1.b) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

    Dicho Ente Público goza de personalidad jurídica propia, plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines, patrimonio propio y administración autónoma, quedando adscrito a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de educación no universitaria.

  2. Constituyen fines generales del Ente:

    El ejercicio de las actuaciones que correspondan a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de educación no universitaria, para llevar a cabo la gestión de las infraestructuras educativas y servicios complementarios de la enseñanza no universitaria cuya competencia corresponda a la Comunidad Autónoma, atendiendo siempre al respeto del principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

    El cumplimiento de los fines generales se desarrollará siempre en el ámbito de la planificación y la superior dirección de la Consejería que tenga competencias en educación no universitaria, quien fijará los objetivos y directrices de actuación del Ente, efectuará el seguimiento de su actividad y ejercerá, sin perjuicio de otras competencias que el ordenamiento jurídico le atribuye de manera conjunta con la Consejería que tenga las competencias en economía y hacienda, su control de eficacia y financiero, de acuerdo con la normativa vigente."

TERCERO

Por Decreto-Ley 13/2014, de 21 de octubre, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 27 de octubre 2014, se ampliaron el objeto y los fines y se cambió la denominación de la agencia pública empresarial «Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos», que pasó a denominarse Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación, quedando adscrita a la Consejería competente en materia de educación.

CUARTO

AL ALBA GRANADA ALMERÍA S.L formalizó con la AGENCIA PÚBLICA ANDALUZA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN contrato de apoyo y asistencia al alumnado con necesidades educativas de apoyo específico en los centros docentes públicos de la provincia de Granada dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.

Con anterioridad a AL ALBA GRANADA ALMERÍA S.L habían sido adjudicatarias del servicio de apoyo y asistencia al alumnado con necesidades educativas de apoyo específico en los centros docentes públicos de la

provincia de Granada dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, FEGRADI, CELEMIN FORMACIÓN S.L. y DOMICILIA GRUPO NORTE S.L

En concreto, el 07/11/2014 DOMICILIA GRUPO NORTE S.L. formalizó con la AGENCIA PÚBLICA ANDALUZA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN contrato de apoyo y asistencia al alumnado con necesidades educativas de apoyo específico en los centros docentes públicos de la provincia de Granada dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía (expediente número NUM000 -Lotes 1 a 5).

QUINTO

DOMICILIA GRUPO NORTE S.L. y AL ALBA GRANADA ALMERÍA S.L han aplicado, para regir su relación con las demandantes, el convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.

SEXTO

La actividad laboral de la demandante consiste, en esencia, en el desempeño de los siguientes cometidos:

- Participar en la realización de actividades programadas para la enseñanza/aprendizaje del alumnado y lo hacen bajo supervisión del profesorado especialista, usando la metodología, técnicas y recursos planificados por el personal docente.

- Atender e instruir al alumnado en conductas sociales que conlleven a una adecuada integración, descanso, hábitos de higiene y aseo personal con el fin de alcanzar el mayor grado de autonomía personal garantizando la seguridad del alumno/a.

- Coordinación con el profesorado especialista en Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje, así como con el de Integración del alumnado en las aulas ordinarias, en colaboración con los tutores y resto de docentes del Claustro.

- Participar junto al profesorado en las relaciones entre familia-centro educativo.

- Facilitar los desplazamientos del alumnado dentro del recinto escolar y en las salidas puntuales.

- Colaborar en la vigilancia de los recreos así como en las entradas y salidas del centro.

Todo ello cumpliendo la normativa aplicable en el centro educativo.

Tales tareas vienen a coincidir con las previstas en el pliego de prescripciones técnicas para la contratación de apoyo y asistencia para alumnado con necesidades educativas de apoyo específico en los centros docentes públicos de la provincia de Granada dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.

Se dan por reproducidos los pliegos de prescripciones, cláusulas administrativas y documentos de formalización de contratos de servicios.

SÉPTIMO

La Inspección de Trabajo, tras denuncia formulada contra la empresa DOMICILIA GRUPO NORTE S.L. y la JUNTA DE ANDALUCÍA, elaboró el informe que consta aportado durante el juicio por la parte actora al número 1 de su prueba de documentos y que se tiene aquí por reproducido.

OCTAVO

AL ALBA GRANADA ALMERÍA S.L y con anterioridad FEGRADI, CELEMIN FORMACIÓN S.L y DOMICILIA GRUPO NORTE S.L, elaboran y abonan la nómina de las demandantes, ha cursado su alta en Seguridad Social, ha realizado la evaluación inicial de riesgos laborales y la planificación de la actividad. Son también estas empresas las que fijan sus horarios, comprendidos dentro del horario escolar, las que controlan su cumplimiento mediante los partes que los trabajadores firman. El control de presencia de la actora se realiza por medio de partes de asistencia que, de forma mensual, se requieren por las coordinadoras de las trabajadoras y que son firmados por la Dirección del centro en el que las demandantes prestan servicios. Asimismo, conceden permisos, licencias, excedencias y similares y se ocupan de sustituir a los trabajadores. Éstos remiten a las empresas partes para el control de su actividad.

Las empresas cuentan con coordinadoras que mantienen contacto con el centro y supervisan la actividad de la actora mediante visitas periódicas al centro garantizando la prestación del servicio en el horario aprobado y la...

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