STSJ Aragón 557/2009, 27 de Julio de 2009
Ponente | NEREA JUSTE DIEZ DE PINOS |
ECLI | ES:TSJAR:2009:1364 |
Número de Recurso | 10/2009 |
Número de Resolución | 557/2009 |
Fecha de Resolución | 27 de Julio de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA: 00557/2009
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
- SECCIÓN PRIMERA RECURSO DE APELACIÓN Nº: 10 de 2009
SENTENCIA Nº DE 2009
ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. RICARDO CUBERO ROMEO MAGISTRADOS: D. JESÚS MARÍA ARIAS JUANA Dª ISABEL ZARZUELA BALLESTER Dª NEREA JUSTE DÍEZ DE PINOS ==============================
En Zaragoza, a veintisiete de julio de dos mil nueve.
En nombre de S.M. el Rey.
VISTO, Por la Sala de lo Contencioso - Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN, integrada por los Magistrados que al margen se relacionan, el recurso de apelación nº 10/09, interpuesto por el apelante LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; y como parte apelada D. Jose Pedro representado por el Procurador Dª. Nieves Omella Gil y defendido por el Letrado D. Pascual Aguelo Navarro; siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª NEREA JUSTE DÍEZ DE PINOS.Es objeto de apelación la sentencia de 6/10/2008 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número Uno de los de Zaragoza en el Procedimiento Abreviado nº 296/07 por la que se estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por el actor y se declara no conforme a derecho la denegación de la Resolución del Delegado del Gobierno de Aragón de 19/4/2007 que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 29/11/2006 que deniega al recurrente la primera renovación de la autorización inicial de residencia y trabajo al constar antecedentes penales reconociendo como situación jurídica individualizada el derecho de la actora a que le sea reconocido la renovación de la autorización de trabajo y residencia solicitada, sin hacer expresa imposición de costas.
El citado Juzgado de lo Contencioso-Administrativo dictó la mencionada Sentencia, que notificada a las partes fue recurrida por la Administración del Estado que suplicó se tenga por formulado recurso de apelación frente a la sentencia dictada en las anteriores actuaciones y se dicte sentencia en la que, con revocación de la sentencia recurrida se desestime el recurso contencioso administrativo interpuesto contra el acto que obra en el encabezamiento de esta resolución.
Admitido a trámite el recurso, se dio traslado del mismo al apelado que suplicó se desestime el recurso interpuesto y se confirme la sentencia de instancia en todos sus extremos.
Remitidas las actuaciones con emplazamiento de las partes, fue señalado para votación y fallo del recurso el día 23 de julio de 2009.
Los motivos argüidos por la parte apelante para que con revocación de la sentencia dictada en la instancia se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba