SAP A Coruña 343/2009, 24 de Julio de 2009

PonenteRAFAEL JESUS FERNANDEZ-PORTO GARCIA
ECLIES:APC:2009:2386
Número de Recurso323/2007
Número de Resolución343/2009
Fecha de Resolución24 de Julio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

SENTENCIA

PRESIDENTE ILMO. SR.

DON JUAN ÁNGEL RODRÍGUEZ CARDAMA

MAGISTRADOS ILMOS. SRES.

DOÑA MARÍA JOSÉ PÉREZ PENA

DON RAFAEL JESÚS FERNÁNDEZ PORTO GARCÍA

En La Coruña, a veinticuatro de julio de dos mil nueve.

Visto el presente recurso de apelación tramitado bajo el número 323 del año 2007, por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. señores magistrados que anteriormente se relacionan, interpuesto contra la sentencia dictada el 23 de octubre de 2003 en los autos de juicio ordinario, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número ocho de La Coruña, ante el que se tramitaron bajo el número 947/2002, en los que son parte, como apelante, la demandada "INTELSIS SISTEMAS INTELIGENTES, S.A.", con domicilio social en Santiago de Compostela (La Coruña), Polígono Industrial del Tambre, vía Edison, 16, con número de identificación fiscal A-15.215.171, representada por elprocurador don Fernando Iglesias Ferreiro, bajo la dirección del abogado don Javier García Vidal; y como apelada impugnante, la demandante "INTEL CORPORATION", con domicilio social en Santa Clara (Estado de California, E.E.U.U.), 2200 Missión College Boulevard, con delegación en España en la calle Velázquez, 146 de Madrid, con número de identificación fiscal N- 4.003.492-H, representada por el procurador don Antonio Pardo Fabeiro, bajo la dirección del abogado don Antonio Selas Colorado; versando la apelación sobre nulidad de marca, cancelación registral, modificación de denominación social, cancelación de dominio web, indemnización de daños y publicación de sentencia.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Aceptando los de la sentencia de 23 de octubre de 2003, dictada por el Ilmo. Sr. magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia número ocho de La Coruña, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por Intel Corporation contra Intelsis Sistemas Inteligentes, S.A., debo declarar y declaro:

  1. - Que Intel Corporation tiene derecho exclusivo y excluyente sobre el nombre comercial "Intel" en el sector de la informática y telecomunicaciones, así como sobre la marca "INTEL" en virtud de los registros de marca números 1.646.337 "Intel Inside" o 1.654.912 "Intel" para proteger y distinguir productos de la clase 9 del Nomenclátor Internacional y productos relacionados.

  2. - Que la sociedad Intelsis, Sistemas Inteligentes, S.A. carece del derecho a usar o registra como marca, nombre comercial, denominación social o nombre de dominio la denominación Intel para distinguir productos de la clase 9 del Nomenclátor Internacional y productos relacionados.

  3. - Que la marca número 1.757.235 "INTELSIS" es nula.

  4. - Que la denominación social de la entidad demandada Intelsis, Sistemas Inteligentes, S.A. resulta incompatible con los distintivos prioritarios de la actora por lo que deber ser modificada en el Registro Mercantil Central eliminando la denominación INTEL de la misma.

  5. - Que los nombres de dominio de la demandada "intelsis.es" e "intelsis.com" resultan incompatibles con los distintivos prioritarios de la actora por lo que deben ser cancelados pro las entidades ES-NIC e ICAN respectivamente.

    Y debo condenar y condeno a la demandada a:

  6. - La cancelación de la marca nº 1.757.235 "Intelsis" para lo que se ha de librar el oportuno mandamiento al Ilmo. Sr. Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

  7. - La modificación de la inscripción de la sociedad Intelsis Sistemas Inteligentes, S.A., eliminando la denominación Intel, a cuyo fin se ha de librar el oportuno mandamiento al Registro Mercantil Central.

  8. - La cancelación del nombre de dominio "intelsis.es", librando para ello el correspondiente mandamiento a la ESNIC.

  9. - La cancelación del nombre de dominio "intelsis.com" para lo que se ha de librar el correspondiente mandamiento a ICAN.

    Y todo ello debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad».

SEGUNDO

Presentado escrito preparando recurso de apelación por "Intelsis Sistemas Inteligentes, S.A.", se dictó providencia teniéndolo por preparado, emplazando a la parte para que en término de veinte días lo interpusiera, por medio de escrito. Deducido en tiempo el escrito interponiendo el recurso, se dio traslado por término de diez días, presentándose por "Intel Corporation" escrito de oposición. Con oficio de fecha 7 de junio de 2007 se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia con fecha 11 de junio de 2007, fueron turnadas a esta Sección, donde se registraron bajo el número 323/2007, y se dictó providencia admitiendo el recurso, mandando formar el correspondiente rollo, designando ponente, y acordando devolver las actuaciones al Juzgado para la subsanación de defectos procesales. Tras tres recordatorios, el 18 de abril de 2008 se recibieron nuevamente las actuaciones. Se personó en esta alzada el procurador don FernandoIglesias Ferreiro en nombre y representación de "Intelsis Sistemas Inteligentes, S.A.", en calidad de apelante; y efectuando de igual modo su personamiento el procurador don Antonio Pardo Fabeiro, en nombre y representación de "Intel Corporation", en calidad de apelado. Se tuvo por personados a los mencionados procuradores, en las representaciones que respectivamente acreditaban, quedando el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno correspondiese. Por providencia de 28 de abril de 2009 se señaló para votación y fallo el pasado día 21 de julio de 2009.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; y, siendo ponente el Ilmo. magistrado don RAFAEL JESÚS FERNÁNDEZ PORTO GARCÍA, quien expresa el parecer de la Sala.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada salvo en lo que puedan discrepar de los que se exponen a continuación.

SEGUNDO

La cuestión litigiosa planteada puede resumirse en los siguientes términos:

  1. - "Intel Corporation" es titular de las siguientes marcas:

    1. Marca número 1.654.912:

      Se solicitó el 4 de septiembre de 1991 ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, habiéndose otorgado el 27 de octubre de 1995, con publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial el 16 de agosto de 1995.

      Su finalidad es distinguir: Tableros de procesador de vídeo, microprocesadores, tableros de circuitos electrónicos, memorias de circuitos integrados, programas de sistemas operativos, microcontroladores, ordenadores, procesadores, unidades conductoras, dispositivos de entrada y salida de ordenador, puestos de trabajo, memorias de datos, dispositivos de almacenamiento, programas grabados de ordenador, registros, equipos de comprobación y programación de circuitos integrados, sistemas de memorias periféricos, microordenadores, miniordenadores, sistemas de ordenador, moduladores desmoduladores (módems), placas de memoria, equipo de tratamiento y redes neurales.

    2. Marca número 1.646.337:

      Se solicitó el 3 de julio de 1991 ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, habiéndose otorgado el 5 de abril de 1994, con publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial el 16 de junio de 1994.

      Su finalidad es distinguir: Microprocesadores, software de sistema operativo de ordenador; programas operativos de ordenador; extensiones de sistema de ordenador, herramientas de sistema de ordenador; utilidades de sistema de ordenador; software de aplicación de ordenador; firmware de ordenados; hardware de ordenador; circuitos integrados; chips de circuitos integrados; procesadores semiconductores; chips de procesador semiconductor; tarjetas de circuitos impresos; tarjetas de circuitos electrónicos; dispositivos de memoria de ordenador; dispositivos de memoria de semiconductor; tarjetas de circuitos de vídeo; tarjetas de circuitos de audio; tarjetas de circuitos de audio vídeo; aceleradores gráficos de vídeo; aceleradores de multimedia; procesadores de vídeo; fax/módems; hardware y software de ordenadores para la transmisión y recepción de facsímiles, hardware y software para el desarrollo, mantenimiento y uso de redes de área local y de área extendida de ordenadores; hardware y software de ordenador para el desarrollo, mantenimiento y uso de sistemas de conferencias interactivas audio-vídeo para ordenadores; hardware y software de ordenadores para la recepción, visualización y uso de vídeo de difusión, audio y señales de datos digitales y hardware y software de ordenadores para el desarrollo comprobación, programación y producción de todo lo anteriormente descrito.

  2. - La entidad mercantil "Intelsis Sistemas Inteligentes, S.A." adoptó dicha denominación social en virtud de acuerdo alcanzado en la junta de accionistas celebrada el 14 de julio de 1992, protocolizado notarialmente el 17 de julio de 1992, e inscrita en el Registro Mercantil de La Coruña el 14 de octubre de 1992.

  3. - El 1 de diciembre de 1992 "Intelsis Sistemas Inteligentes, S.A." solicitó el registro de la marca , bajo el número 1.714.839. A dicha solicitud se opuso "Intel Corporation" por medio de escritos de 29 de enero de 1993 y 1 de febrero de 1993. La Oficina Española de Patentes y Marcas denegó la solicitud porresolución de 5 de mayo de 1995.

    "Intelsis Sistemas Inteligentes, S.A." interpuso recurso de alzada, que fue estimado por resolución de 2 de noviembre de 1995.

    "Intel Corporation" promovió recurso contencioso-administrativo. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó sentencia el 20 de mayo de 1999, estimando el recurso, anulando la resolución impugnada y denegando el acceso de la...

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