STSJ Comunidad de Madrid 1162/2009, 21 de Julio de 2009
Ponente | BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA |
ECLI | ES:TSJM:2009:6479 |
Número de Recurso | 671/2006 |
Número de Resolución | 1162/2009 |
Fecha de Resolución | 21 de Julio de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA: 01162/2009
SENTENCIA No 1162
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Ramón Verón Olarte
Magistrados:
Da. Ángeles Huet Sande
D. Juan Miguel Massigoge Benegiu
Da. Berta Santillán Pedrosa
En la Villa de Madrid, a veintiuno de julio de dos mil nueve.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el recurso contencioso-administrativo nº 671/2006, interpuesto por el Procurador D. Gabriel de Diego Quevedo, en nombre y representación de D. Jesús Carlos , contra la Orden de la Consejeria de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid de fecha 29 de agosto de 2006 que desestima el recuso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid, de fecha 19 de mayo de 2006, por la que se denegaba su solicitud de levantamiento de la suspensión de la autorización de transportes de la serie MDP-N, NUM000 . Ha sido parte la Comunidad de Madrid, representada por sus Servicios Jurídicos.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites preceptivos, el Procurador D. Gabriel de Diego Quevedo, en representación de la parte recurrente, formalizó la demanda mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, solicitó se dictara sentencia anulando la resolución recurrida.
El Letrado de la Comunidad de Madrid contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras exponer asimismo los hechos y fundamentos de Derecho que estimó oportunos, solicitó la desestimación del recurso.
No acordado el recibimiento a prueba quedaron las actuaciones pendientes de votación y fallo.
Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 22 de mayo de 2009, en que tuvo lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Es ponente la Ilma. Magistrada Sra. DOÑA Berta Santillán Pedrosa.
El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto determinar la conformidad o no con el ordenamiento jurídico de la Orden de la Consejeria de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid de fecha 29 de agosto de 2006 que desestima el recuso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid, de fecha 19 de mayo de 2006, por la que se denegaba su solicitud de levantamiento de la suspensión de la autorización de transportes de la serie MDP-N, NUM000 .
Con el fin de centrar adecuadamente el objeto del presente recurso deben destacarse los siguientes hechos que se deducen del expediente administrativo y de las alegaciones de las partes:
Con fecha 26 de abril de 2004 el recurrente solicitó la suspensión de la autorización numero NUM000 que estaba adscrita al camión de su propiedad provisto con matricula YO-....-E .
El día 5 de mayo de 2004, la Jefa del Servicio de Gestión de la Dirección General de Transportes dictó resolución declarando la suspensión temporal de la autorización de transporte antes referida. Esta resolución disponía: "De conformidad con el numero 1 del articulo 26 de la Orden de 20 de junio de 1995 por la que se modifican los regimenes de suspensión y rehabilitación de las autorizaciones de transporte por carretera y de sus actividades complementarias, con fecha 26/04/2004 la autorización nº NUM000 / YO-....-E ha quedado en suspensión temporal a petición, pudiendo mantenerla en esta situación durante un plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en que fue declarada suspendida. Transcurridos los citados plazos sin que se tenga conocimiento por parte de esta Administración de que se ha reanudado la actividad, se procederá a la cancelación definitiva de la autorización."
El día 19 de abril de 2006 la parte actora solicitó el levantamiento de la suspensión de la autorización, solicitud que reitera el 28 de abril de 2006.
Con fecha 19 de mayo de 2006 la Dirección General de Transportes dicta resolución por la que se le deniega su solicitud de levantamiento de la suspensión y ello porque entiende que la solicitud de levantamiento de suspensión se ha realizado trascurrido el plazo de los dos años a que se estaba obligado. Contra dicha resolución se interpuso recurso de alzada que se desestima por Orden de la Consejeria de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid de fecha 29 de agosto de 2006. Resoluciones que constituyen el objeto del presente recuso contencioso administrativo.
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