STSJ Cataluña 5478/2009, 9 de Julio de 2009

PonenteJOSE QUETCUTI MIGUEL
ECLIES:TSJCAT:2009:8939
Número de Recurso4965/2008
Número de Resolución5478/2009
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 5478/2009

En el recurso de suplicación interpuesto por Marcelina frente a la Sentencia del Juzgado Social 12 Barcelona de fecha 29 de febrero de 2008 dictada en el procedimiento Demandas nº 778/2007 y siendo recurrido/a -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 7-11-07 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 29 de febrero de 2008 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda formulada por Dña. Marcelina contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absuelvo a éste de las pretensiones formuladas en su contra."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. ) La demandante, nacida el 3-11-53, se encuentra afiliada a la Seguridad Social y en situación de alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar, siendo su profesión habitual la de empleada de hogar,tiene cubierto el periodo de carencia requerido para causar derecho a la prestación que reclama y presentó solicitud de la misma el 12-6-07 estando en activo.

  2. ) Incoado el preceptivo expediente administrativo para valorar la eventual incapacidad, el ICAM emitió dictamen el 22-6-07.

  3. ) La Dirección provincial del INSS dictó resolución el 23-7-07 por la que no le reconoció grado alguno de incapacidad permanente, ni por lo tanto derecho a prestaciones económicas.

  4. ) Contra la anterior resolución formuló reclamación previa, que fué desestimada por nueva resolución de 21-9-07, quedando agotada la vía administrativa.

  5. ) De las cotizaciones computables acreditadas por la demandante resulta la base reguladora de la prestación que reclama de 518'90 #.

  6. ) Acredita la siguiente patología: fibromialgia; trastorno depresivo no especificado, cefalea migrañosa; dislipemia.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que contra la sentencia de instancia que desestimó la demanda formulada en solicitud de declaración de la invalidez permanente en grado de absoluta o subsidiariamente de total, se alza la demandante formulando el presente recurso de suplicación por los motivos que seguidamente se estudiarán.

SEGUNDO

Que como primer motivo del recurso y bajo correcto amparo procesal en la letra b) del art. 191 de la LPL se interesa la...

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