SAP Málaga 431/2004, 15 de Abril de 2004
Ponente | INMACULADA MELERO CLAUDIO |
ECLI | ES:APMA:2004:1800 |
Número de Recurso | 776/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 431/2004 |
Fecha de Resolución | 15 de Abril de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 5ª |
SENTENCIA Nº 4 3 1
AUDIENCIA PROVINCIAL MALAGA
Sección 5ª
PRESIDENTE : ILMO. SR.
D. HIPOLITO HERNANDEZ BAREA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
Dª. INMACULADA MELERO CLAUDIO
D. RAFAEL CABALLERO BONALD CAMPUZANO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZG. Nº 3 DE VELEZ-MALAGA
ROLLO DE APELACION: Nº 776/03
JUICIO Nº 423/02
En la ciudad de Málaga, a quince de abril de dos mil cuatro.
Visto, por la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en el Juicio Verbal nº 423/02 seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso el Procurador D. Pedro Angel León Fernández, en nombre y representación de CAJA DE SEGUROS REUNIDOS, S. A- CASER.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 31 de marzo de 2.003 en el juicio antes dicho, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda presentada por el procurador D. AGUSTIN MORENO KUSTNER, en nombre y representación de Dª Regina , contra la Entidad aseguradora SEGUROS CASER, representada por el Procurador D. PEDRO ANGEL LEON FERNANDEZ, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de MIL DOSCIENTOS OCHEMTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y DOS CENTIMOS más el abono de los intereses legales previstos en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguros desde la fecha del siniestro hasta el momento del pago, además condeno a la parte demandada a abonar a la parte actora los gastos que se le deriven de la estancia del vehículo siniestrado en "Talleres Gallego" previa la presentación de la factura correspondiente.
Al ser parcial la estimación de la demanda, cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad"
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado la ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 13 de abril de 2.004, quedando visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente la Iltma. Sra. Magistrado D. INMACULADA MELERO CLAUDIO quién expresa el parecer de la Sala.
FUNDAMENTOS JURIDIDOS
La apelante CAJA DE SEGUROS REUNIDOS, S.A., CASER, mantiene en su escrito de interposición del recurso de apelación que la actora reclamaba en su demanda, ejercitando acción de responsabilidad extracontractual derivada de accidente de tráfico, por dos conceptos: por los daños ocasionados en el vehículo matrícula VI-....-VX y una indemnización por los días de estancia del vehículo en el taller a razón de 3 euros diarios más IVA.
Nada objetaba sobre la cantidad concedida en la sentencia de instancia en concepto de indemnización por los daños del vehículo, pero entiende que a la vista de los razonamientos esgrimidos en la resolución impugnada no tiene lógica la condena a indemnizar por el importe de estancia en el taller y ello por dos motivos:
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- Porque el artículo 219 de la Ley de Enjuiciamiento Civil prohibe las sentencias con reserva a liquidación en ejecución de sentencias, salvo que esta sea realizable mediante sencillas operaciones aritméticas, y en el presente caso la sentencia sólo establece un importe por día pero no fija el período a contabilizar.
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-Porque es evidente de...
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