STSJ Cataluña 4790/2004, 17 de Junio de 2004

PonenteJOSE QUETCUTI MIGUEL
ECLIES:TSJCAT:2004:15183
Número de Recurso548/2002
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución4790/2004
Fecha de Resolución17 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 4790/2004 En el recurso de suplicación interpuesto por EULEN, S.A. frente a la Sentencia del Juzgado Social 20 Barcelona de fecha 31 de marzo de 2003 dictada en el procedimiento Demandas nº 548/2002 y siendo recurrido/a Marina y FONDO DE GARANTIA SALARIAL. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 2-7-02 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contracto trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 31 de marzo de 2003 que contenía el siguiente Fallo:

"Desestimando la demanda de reconocimiento de derecho y reclamación de cantidad por realización de funciones de CAJERO SIN FIRMA Y OFICIAL 1 período 1.7.01 a 1.7.02, y esitmando la demanda de reconocimiento de derecho y de reclamación de cantidad las diferencias por aplicación del convenio período

1.7.01 a 1.7.02 oficial administrativa 2 presentada por Marina contra EULEN,S.A. RECONOCIENDO EL DERECHO DE LA ACTORA como OFICIAL 2ª ADMINISTRATIVA (reconocido nómina) debería haber percibido durante el año 2001 un salario mensual bruto de MIL DIEZ CON DIECINUEVE CENTIMOS

(1.0910,19 euros), 168.081 ptas., que con la inclusión de la prorrata de pagas extraordinarias alcanza una cantidad mensual de (1.171,36 euros) (194.897.-ptas) lo que le significaría una Base de Cotización deidéntica cantidad Y NO LA DE 153.990 ptas (925,5 euros) que aparece en la nómina.

Ejercicio 2002

En la misma categoría de OFICIAL 2ª ADMINISTRATIVA para el año 2002, EL SALARIO BRUTO MENSUAL, sería de MIL TREINTA Y TRES CON OCHENTA Y OCHO EUROS (172.023.-ptas) que con inclusión de la prorrata de pagas extraordinarias alcanza la cantidad mensual de (1.198,82 euros) (199.467.-ptas) lo que le significaría una Base de Cotización de idéntica cantidad Y NO LA DE 156.235 (939,99 euros) que aparece en la nómina.

Debo de condenar y condeno a Eulen S.A., al pago de 2.171,40 euros.

Desestimando la demanda contra el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sin perjuicio de la responsabilidad prevista en el art 33 del ET .".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- Marina , con D.N.I. NUM000 , antigüedad de 01-04-1985, la empresa sólo le reconoce en hoja salrial, la categoría profesionald e OFICIAL 2ª ADMINISTRATIVA.

  1. - Se celebró el acto de conciliación sin aveniencia el 9 de julio de 2002.

  2. - La parte actora mediante escrito de 28 de febrero de 2003 cuantificaba las cantidades que reclama quedando sin contenido la cuantificación que realiza la parte actora en el hecho1, 4, y 5 de la demanda.

  3. - La parte demandada mediante escrito de 28 de febrero 2003, manifestaba su disconformidad con la cuantificación que realizaba la parte actora en su escrito de 28.2.03 y alegaba las siguientes cuantías:

    RECALMACIÓN SUBSIDIARIA POR DIFERENCIAS SALARIALES por la categoría DE OFICIAL 1ª ADMINISTRATIVA.

    1. Salario Convenio año 2001 (23-05-02 )

      DIFERENCIAS SALARIALES PERIODO 01.07.01 al 31-12-2001 Salario Base....................675,03 E (112.316 Ptas)

      Plus Convenio.................. E

      Antigüedad......................168,76 (25%salario base)

      Plus voluntario................. 132,64

      Plus transporte.................. 67,24

      ...............................

      1.091,17 E (181.555 Ptas.-)

      PE Verano/ P de Navidad 675,03 + 168,76 + 132,64 + 67,24= 1.043,67 (173.657 Pta)//Prorrata de PAGAS EXTRAORDINARIAS (1.043,67 E x 2:12 meses) 173,85 E

      TOTAL BASE DE COTIZACION: 1,091,17 e + 173,85 e = 1,265,12 E (210.497.- Ptas). MesPercibióDebía percibirDiferencia

      Julio/01859,441.091,17231,73 E

      38.557 Ptas Agosto/01 " ""

      Septiembre/01 " ""Octubre/01 " ""

      Noviembre/01 " ""

      Diciembre/01 " ""

      P.E.Navidad/01 " ""

      Total...........................1.622,11 E

    2. Salario Convenio año 2002 (23-05-02 )

      DIFERENCIAS SALARIALES MES 01.01.02 al 30-06-02 Salario Base.................. 691,90 E.(115.122 Ptas.-)

      Plus Convenio.................

      Plus antigüedad................ 172,98

      Plus voluntairo................ 132,64

      Plus transporte................. 67,24

      ..........................................

      1.113,45 E (185.262 Ptas.-)

      PE Verano/ P de Navidad 691,90 + 172,98 + 132,64 + 67,24 = 1.064,76 (177.161 Pta) //Prorrata de PAGAS EXTRAORDINARIAS (1.064,76 E. x 2:12 meses) 177,46 E.

      TOTAL BASE DE COTIZACION: 1.113,45 E + 177,46 = 1.290,91 E (214.789.-Ptas). MesPercibióDebía percibirDiferencia

      Enero/02874,421.113,45239,03

      Febrero/02"""

      Marzo/02"""

      Abril/02"""

      Mayo/02"""

      Junio/02"""

      P.E.verano/02"""

      Total...............................1.673,21 E.

      RECLAMACIÓN POSTULANDO RETRIBUCIÓN DE OFICIAL 2ª ADMINISTRATIVA.

    3. Salario Convenio año 2001 (23-05-02 BOE 123/2002 )

      DIFERENCIAS SALARIALES PERÍODO 01.07.01 al 1.07.2002. Categoría de of.2ª

      Salario Base.....................102.559.-ptas (616,39 E)

      Plus CONVENIO......................7.183.-ptas.Antigüedad.................25.639.-ptas. (25% salario base)

      Plus voluntario.....................21.700.-ptas

      Plus transporte.....................11.000.-ptas

      ........................................

      168.081.-Ptas (1010,19 E)

      PE Verano/PE Navidad = 102.559 + 25639 + 21.700 + 11.000= 160.898.-ptas (967,02) (967,02 E)

      Prorrata de PAGAS EXTRAORDINARIAS: (160.898 x 2:12)= 26.816.-Ptas (161,17 E). (161.17 E)

      TOTAL BASE REGULADORA= 168.081 + 26.816= 194.898 Ptas.

      (1.010,19E) +(161,17 E)=(1.171,36 E)

      MesPercibió brutoDebía percibirDiferencia

      Julio/01143.000168.081 ptas.25.081 (150,74E)

      Agosto/01143.000168.081 ptas.25.081

      Septiembre/01 143.000168.081 ptas.25.081

      Octubre/01143.000168.081 ptas.25.081

      Noviembre/01 143.000168.081 ptas.25.081

      Diciembre/01 143.000168.081 ptas.25.081

      P.E.Navidad/01 143.000168.081 ptas.25.081.

      Total................................175.567.-Ptas.

      1.055,18 Euros (1.055,18 E)

    4. Salario Convenio año 2002 (BOE 23-05-2002 )

      DIFERENCIAS SALARIALES PERIODO 01.01.02 AL 30.06.02 Salario Convenio año 2002 OFICIAL 2ª

      Salario Base.......................631,80 E (105.123.-ptas)

      Plus Convenio.................. E

      Antigüedad.........................157,95 E (25% salario base) (26.281.-ptas)

      Plus voluntario...................... 132,64 E

      Plus transporte....................... 67,24 E

      1.033,88.-E (172,023 Ptas.-)

      PE Verano/ P de Navidad: 631,80 + 157,95 + 132,64 + 67,24 = 989,18 EProrrata de PAGAS EXTRAORDINARIAS (989,18 E X 2: 12 meses) 164,86 E TOTAL BASE DE COTIZACION: 1.033,88 E + 164,86 E = 1.198,82 E (199.467 Ptas) MesPercibió EDebía percibir EDiferencia E

      Enero/02874,421.033,88159,46 (26.532 Ptas)

      Febrero/02874,421.033,88159,46

      Marzo/02874,421.033,88159,46

      Abril/02874,421.033,88159,46

      Mayo/02874,421.033,88159,46

      Junio/02874,421.033,88159,46

      P.E.verano/02 874,421.033,88159,46

      Total........................................................................1.116,22 E (185.723)

  4. - La parte demandada mediante escrito de 20 de marzo de 2003, manifestaba su disconformidad con las cuantías alegada por la parte actora en su escrito de 28.2.03 manfiestando lo siguiente:

  5. - RESPECTO A LA PRIMERA ACLARACIÓN DE LA DEMANDA ( Ofic. 2ª Admva. 01): La actora manifiesta que debía haber percibido como oficial 2ª Admava. durante el año 01, la cantidad de 1.010,19 E brutos mensuales, que se desglosan en los siguientes conceptos:

    Salario base= 616,39 E

    Plus Convenio= 43,17 E

    Antigüedad= 154,09 E

    Plus Voluntario= 130,41 E

    Plus Transporte= 66,11 E

    TOTAL= 1.010,19 E

    Prorrata de pagas extras: 1.1010,19 x 14:12 = 1.171,36 E Lo que establece el Cº C no es esa cifra, sino, durante el '01,813,65 E brutos mensuales, que se deglosan en los siguientes conceptos e importes:

    Salario Base=616,39 E

    Plus Convenio= 43,17 E

    Antigüedad=154,09 E

    TOTAL=813,65 E

    Prorrata de pagas extras: 813,65 x 14:12= 949,26 E Lo que ha percibido la actora realmente durante el '01 y por tanto ha abonado Eulen, SA es la cantidad bruta de 859,44 E brutos mensuales (Doc.72), desglosados en los siguientes conceptos:

    Salario Base=492,82 EPlus Convenio= 46,87 E

    Antigüedad=168,76 E

    _______________________________

    TOTAL=891,29 E

    Prorrata de pagas extras: 1039,83 E

    Lo que ha percibido la actora realmente durante el '01 y por tanto ha abonado Eulen, SA es la cantidad bruta de 859,44 E mensuales (Doc.72), desglosados en los siguientes conceptos:

    Salario Base=492,82 E

    Plus Convenio= 46,87 E

    Antigüedad=123,20 E

    Gratif.Volunt.=130,41 E

    Plus Transporte= 66,11 E

    TOTAL=859.44 E

    Prorrata de pagas extras: 492,82 + 46,87 + 123,20 + 130,41 0 793,33 E

    793,33 E x 14: 12 = 925,55 E + 66,11 E = 991,66 E

    En consecuencia la actora está pues por encima de Cº, sin que se hallan generado en el citado período deuda alguna de importe.

    Es cierto que, en nómina, el salario base lo tiene más bajo que el del Cº, pero no lo es menos que la gratificación voluntaria abonada por la empresa supera esa formal deficiencia (130,41 + 492,82= 623,23 623,23 es mayor que 616,399. Notar que el Plus Cº abonado también es mayor (aparte del Transporte)

    RESPECTO A LA SEGUNDA ACLARACIÓN DE LA DEMANDA (ofic. 2ª Admva.'02): La actora manifiesta que debía haber percibido como oficial 2ª Admva, durante el año '02 la cantidad de 1.033,88 E brutos mensuales, que se desglosan en los siguientes conceptos:

    Salario base=631,80 E

    Plus Convenio= 44,25 E

    Antigüedad=157,95 E

    Plus Voluntario=132,64 E

    Plus Transporte= 67,24 E

    __________________________________

    TOTAL= 1.033,88 E

    Prorrata de pagas extras: 1.033,88 x 14:12= 1.198,82 E Lo que establece el Cº C que durante el '02 debía haber percibido la actor es la cantidad bruta de 813,65 E brutos mensuales, desglosados en los siguientes importes:

    Salario Base=631,80 EPlus Convenio= 44,25 E

    Antigüedad= 157,95 E

    ________________________________

    TOTAL= 834 E

    Prorrata de pagas extras: 834x 14: 12 = 973 E

    Lo que ha percibido la actora durante el...

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