ATS, 20 de Febrero de 2019

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
ECLIES:TS:2019:1621A
Número de Recurso4781/2018
ProcedimientoCivil
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 20/02/2019

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 4781 / 2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Baena Ruiz

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 7 DE VALENCIA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

Transcrito por: LTV/P

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 4781/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Baena Ruiz

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marin Castan, presidente

D. Ignacio Sancho Gargallo

D. Eduardo Baena Ruiz

En Madrid, a 20 de febrero de 2019.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo Baena Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D.ª Gabriela , presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación, contra la sentencia dictada, con fecha 25 de junio de 2018, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 7.ª), en el rollo de apelación n.º 3/2018 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 225/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 17 de Valencia.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación de 1 de octubre de 2018 se tuvieron por interpuestos los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.

TERCERO

El procurador D. Joaquín Francisco Gracia, en nombre y representación de D.ª Gabriela se ha personado en esta Sala en concepto de parte recurrente. La procuradora D.ª M.ª del Carmen Giménez Cardona, en nombre y representación de la entidad Federico Domenech S.A. se ha personado como parte recurrida.

CUARTO

La parte recurrente efectuó los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15.ª LOPJ .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC , procede entregar copia del escrito de interposición, a la parte recurrida personada ante esta Sala y al Ministerio Fiscal para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

SEGUNDO

De conformidad con lo previsto en los arts. 483.5 y 473.3 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de D.ª Gabriela , contra la sentencia dictada, con fecha 25 de junio de 2018, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 7.ª), en el rollo de apelación n.º 3/2018 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 225/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 17 de Valencia.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición de los recursos formalizados por la parte recurrente, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada y al Ministerio Fiscal para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de veinte días.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR