SAP Lugo 37/2019, 30 de Enero de 2019

PonenteJOSE ANTONIO VARELA AGRELO
ECLIES:APLU:2019:42
Número de Recurso229/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución37/2019
Fecha de Resolución30 de Enero de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LUGO SENTENCIA: 00037/2019

N10250

PLAZA AVILÉS S/N

Tfno.: 982294855 Fax: 982294834

FF

N.I.G. 27030 41 1 2017 0000128

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000229 /2018

Juzgado de procedencia: XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.1 de MONDOÑEDO Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000056 /2017

Recurrente: Erica

Procurador: BEATRIZ PIÑON LOPEZ

Abogado:

Recurrido: AXA SEGUROS GENERALES S.A., TRIO PROCESOS CONSTRUCTIVOS S.L. Procurador: CONSTANTINO PRIETO VAZQUEZ, CONSTANTINO PRIETO VAZQUEZ

Abogado: JULIO JOSE BALLESTEROS FERNANDEZ, JULIO JOSE BALLESTEROS FERNANDEZ SENTENCIA 37/2019

Ilmos. Sres.:

D. JOSE ANTONIO VARELA AGRELO

D.ª MARIA ZULEMA GENTO CASTRO

D. DARIO ANTONIO REIGOSA CUBERO

En LUGO, a treinta de enero de dos mil diecinueve.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de LUGO, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000056/2017, procedentes del XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.1 de MONDOÑEDO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000229/2018, en los que aparece como parte apelante, Erica, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. BEATRIZ PIÑON LOPEZ asistido por el Abogado Dª. BLANCA PARGA LANDA, y como parte apelada, AXA SEGUROS GENERALES S.A., TRIO PROCESOS CONSTRUCTIVOS S.L., representado por el Procurador de los tribunales, Sra. CONSTANTINO PRIETO VAZQUEZ y asistido por el Abogado D. JULIO JOSE BALLESTEROS FERNANDEZ,

sobre reclamación de daños y perjuicios por responsabilidad civil. Siendo ponente el presidente Ilmo. Sr. D. JOSE ANTONIO VARELA AGRELO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.1 de MONDOÑEDO, se dictó sentencia con fecha uno de marzo de dos mil dieciocho, en el procedimiento del que dimana este recurso.

SEGUNDO

La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento: "DESESTIMO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por doña Erica, representada por la procuradora señora Piñón López, contra los demandados, Trio Procesos Constructivos SL y la compañía de seguros Axa, y ello con imposición de costas a la parte actora.", que ha sido recurrido por la parte Erica, habiéndose alegado por la contraria oposición al recurso.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, señalándose la audiencia del día treinta de enero de dos mil diecinueve a las diez treinta horas, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

Consiste la contienda en la reclamación económica que ejercita la lesionada por una caída en una obra contra la mercantil que entiende civilmente responsable.

La sentencia de instancia desestima la pretensión actora y contra esta decisión judicial plantea recurso de apelación la parte demandante.

SEGUNDO

El visionado del video permite a la Sala compartir la valoración probatoria efectuada con mejor inmediación por el juzgador "a quo" la cual explica en su sentencia en un razonamiento lógico, coherente con su resultado, y sin fisuras, sin que en los argumentos del apelante se encuentren motivos que lleven a la sustitución del criterio imparcial del Juzgador, por el legítimamente interesado del apelante.

En efecto, no ha quedado acreditado ningún título de imputación que permita establecer un nexo de causalidad entre los daños y una acción u omisión culpable de la entidad demandada.

TERCERO

En el enfoque de la cuestión no puede obviarse que la demandante no es un tercero ajeno a la obra, sino que es la propia promotora de la obra litigiosa que reclama frente a la constructora con la que había contratado la ejecución de las mismas.

Es, con ocasión de una de las visitas realizadas por la citada promotora, para ver el estado de la obra, cuando se producen los dos percances que dan lugar a la reclamación.

CUARTO

Por lo que se refiere al primero de ellos, es decir a la caída al acceder por la rampa de acceso al garaje, aduce la apelante que fue provocada por una mancha mezcla de barro y aceite irreconocible y...

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