AAP Jaén 36/2019, 30 de Enero de 2019

PonenteJOSE PABLO MARTINEZ GAMEZ
ECLIES:APJ:2019:20A
Número de Recurso693/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución36/2019
Fecha de Resolución30 de Enero de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

A U T O Nº 36

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTA

Dª Elena Arias Salgado Robsy

MAGISTRADOS

D. José Pablo Martínez Gámez

D. Luis Shaw Morcillo

En la ciudad de Jaén, a treinta de Enero de dos mil diecinueve.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal seguidos en primera instancia con el nº 1339 del año 2017, por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia nº 693 del año 2018, a instancia de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., representado en la instancia, y en esta alzada por la Procuradora Dª María Teresa Cátedra Fernández, y defendido por el Letrado D. Sabino Martín Jiménez, contra OCUPANTES CTRA. DIRECCION000 NUM000 DE ESPELUY.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho del auto apelado, dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, con fecha 27 de Noviembre de 2017 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, y en fecha 27 de Noviembre de 2017, se dictó Auto que contiene la siguiente PARTE DISPOSITIVA: " DISPONGO: Inadmitir a trámite la demanda interpuesta, procediéndose al archivo de las actuaciones."

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso por la parte demandante Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso.

TERCERO

No existiendo otra parte personada se remitieron por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, con emplazamiento de las partes, que turnadas a esta Sección Primera se formó el rollo correspondiente; personadas las partes, quedó señalado para la deliberación, votación y fallo el día 23 de Enero de 2019. en que tuvo lugar, quedando la actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Pablo Martínez Gámez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad mercantil Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. solicita en su recurso de apelación contra el Auto dictado el 27 de noviembre de 2017 por el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Jaén, que se revoque la resolución recurrida y se dicte otra en su lugar mediante la cual se ordene admitir a trámite la demanda presentada por la entidad apelante y dirigida contra los ignorados ocupantes del inmueble de su propiedad. Alega la apelante, con cita de varias Sentencias de distintas Audiencias provinciales, infracción por indebida aplicación de los artículos 399 y 403 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, produciéndose, a su vez, vulneración al derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española .

SEGUNDO

El Auto recurrido inadmite a trámite la demanda con el siguiente razonamiento: ÚNICO.- El art. 399 LEC dispones que: "El juicio principiará por demanda, en la que, consignados de conformidad con lo que se establece en el artículo 155 los datos y circunstancias de identificación del actor y del demandado y el domicilio o residencia en que pueden ser emplazados, se expondrán numerados y separados los hechos y los fundamentos de derecho...

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