SJS nº 7 402/2018, 3 de Diciembre de 2018, de Murcia
Ponente | CARLOS CONTRERAS DE MIGUEL |
Fecha de Resolución | 3 de Diciembre de 2018 |
ECLI | ES:JSO:2018:7469 |
Número de Recurso | 908/2017 |
JDO. DE LO SOCIAL N. 7 MURCIA
SENTENCIA: 00402/2018
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
AVDA.CIUDAD DE LA JUSTICIA S.N - CIUDAD DE LA JUSTICIA - FASE I - CP. 30011 MURCIA - DIR3:J00001071
Tfno: 968817076
Fax: 968817234-968817266
Correo Electrónico:
Equipo/usuario: JTE
NIG: 30030 44 4 2017 0007454
Modelo: N02700
IAA IMPUGNACION DE ACTOS DE LA ADMINISTRACION 0000908 /2017
Procedimiento origen: /
Sobre: ORDINARIO
DEMANDANTE/S D/ña: TRANS-GRUAS GIPEAN, SLL ABOGADO/A: ANTONIO VILLEGAS LOPEZ PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
DEMANDADO/S D/ña: CONSEJERIA DE EDUCACION, FORMACION Y EMPLEO, Casiano , Celso
ABOGADO/A: LETRADO DE LA COMUNIDAD, ,
PROCURADOR: , ,
GRADUADO/A SOCIAL: , ,
Autos nº 908/17
En MURCIA, a TRES de DICIEMBRE de DOS MIL DIECIOCHO.
S E N T E N C I A
Vistos en juicio oral y público por el Iltmo. Sr. D. CARLOS CONTRERAS DE MIGUEL, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº7 de Murcia (en comisión de servicio), los presentes autos nº 908/17 sobre impugnación de resolución administrativa, seguidos a instancias de la empresa "TRANS-GRÚAS GIPEAN, S.L.L.", representada por el letrado D. Antonio Villegas López, contra la CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN
DE MURCIA, representada por el letrado de la Comunidad Autónoma D. Francisco José Rodríguez Ayala, con citación de D. Casiano y de D. Celso , se procede, EN NOMBRE
DE S. M. EL REY, a dictar la presente resolución.
La parte actora presentó ante este Juzgado la demanda que encabeza las presentes actuaciones y, admitida a trámite, se señaló para la celebración del juicio el día 29 de noviembre del presente año, el cual tuvo lugar con sujeción a lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, con el resultado que consta en el acta levantada al efecto.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las formalidades legales pertinentes.
PROBADOS
En fecha 5-8-14 se produjo un accidente de trabajo en las tareas de desmontaje y retirada de una puerta basculante para la que la empresa demandante había sido contratada por "Omansa, S.R.L.".
El accidente se produjo cuando al retirar la puerta (de unas dimensiones de 4,30 x 2,30 metros y unos 1.500 kg. de peso), uno de los torniquetes con que se sujetaba la misma cedió y la puerta se desequilibró, golpeando a los trabajadores D. Casiano y D. Celso , que sufrieron lesiones leves.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social levantó acta de infracción y propuso la imposición de una sanción de 8.195 euros.
La sanción fue confirmada por resolución de 8-9-15.
En el presente procedimiento la empresa demandante impugna la sanción impuesta por el organismo demandado por la supuesta comisión de una falta grave, relacionada con el accidente de trabajo sufrido por los trabajadores antes citados, cuando realizaban trabajos de desmontaje y retirada de una puerta vinculante.
La inspección de Trabajo apreció infracción del deber de establecer un método adecuado de trabajo que habría impedido el accidente. Por su parte, la empresa demandante alega que no existe infracción alguna por parte de la empresa, puesto que ésta había cumplido todas sus obligaciones en materia de seguridad en el trabajo y el accidente se produjo por la...
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