ATS, 13 de Febrero de 2019

JurisdicciónEspaña
Fecha13 Febrero 2019

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 13/02/2019

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 4717 / 2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Baena Ruiz

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 DE NAVARRA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

Transcrito por: MRT/P

Nota:

CASACIÓN núm.: 4717/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Baena Ruiz

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marin Castan, presidente

D. Ignacio Sancho Gargallo

D. Eduardo Baena Ruiz

En Madrid, a 13 de febrero de 2019.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo Baena Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de Cenmorea, S.L., presentó escrito de interposición de recurso de casación, contra la sentencia dictada, con fecha 28 de junio de 2018, por la Audiencia Provincial de Navarra, sección 3.ª, en el rollo de apelación 74/2017 , dimanante del juicio ordinario 87/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Pamplona.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso de casación y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.

TERCERO

El procurador don Jorge Deleito García, en nombre y representación de Cenmorea, S.L., ha presentado escrito ante esta sala personándose como parte recurrente. El procurador don Alberto Miramón Gomara, en nombre y representación de don Fabio y Albupoga Servicios de Salud y Formación, ha presentado escrito ante esta sala personándose como parte recurrida. Es parte el Ministerio Fiscal

CUARTO

La parte recurrente, efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª LOPJ .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Por la parte recurrente se formalizó recurso de casación contra una sentencia dictada, en un juicio ordinario de protección jurisdiccional civil del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen ( artículo 249.1.2.º LEC ) recurrible en casación por el cauce previsto en el ordinal 1.º del art. 477.2 LEC , que ha sido el utilizado por la parte recurrente sin apreciar inicialmente en esta fase la concurrencia de causas de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC , procede abrir el plazo de veinte días para que la parte recurrida, pueda formalizar el escrito de oposición al recurso de casación, encontrándose las actuaciones a su disposición en Secretaria, con traslado después al Ministerio Fiscal para el mismo trámite.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Cenmorea, S.L., contra la sentencia dictada, con fecha 28 de junio de 2018, por la Audiencia Provincial de Navarra, sección 3.ª, en el rollo de apelación 74/2017 , dimanante del juicio ordinario 87/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Pamplona.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días el plazo de veinte días para que la parte recurrida comparecida ante esta sala y después el Ministerio Fiscal pueda formalizar los escritos de oposición al recurso de casación, estando las actuaciones a disposición de la parte recurrida en Secretaria.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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