ALMERÍA
Marginal | BOE-B-2010-6798 |
Sección | IV - Administración de Justícia |
Emisor | Juzgados de lo Mercantil |
En autos de procedimiento concursal nº 245/09, seguidos en este Juzgado de lo Mercantil de Almería, relativos al deudor Restauración y Adquisiciones MM, S.L., se ha dictado en fecha 29/01/2010, auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal
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- Se abre la fase de liquidación y queda formada la Sección Quinta, que se encabezará con esta resolución y copia del informe de la Administración Concursal.
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- Se declara el cese de los administradores de la sociedad concursada que serán sustituidos por la administración concursal.
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- Queda disuelta la mercantil Restauración y Adquisiciones MM, S.L. A tal fin, firme la presente resolución, líbrese mandamiento al Registro Mercantil de Almería a fin de ser inscrita esta declaración en la hoja abierta a la mercantil, al Tomo 933, Libro 0, Folio 128, Hoja AL- 22873, del Registro Mercantil de Almería.
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- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial en la "Web Mercantíl", sitio:
http://escritoriojudicial.justicia.junta-andalucía.es, y se insertará en el Boletín Oficial del Estado, declarándose en este acto el carácter gratuito de la publicación.
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- Por virtud de esta resolución, quedan vencidos los créditos concursales aplazados y quedan convertidos en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
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- Durante la fase de liquidación seguirán aplicándose las normas referentes a la fase común, en cuanto no se opongan a las específicas de la fase de liquidación.
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- Quienes no hayan impugnado en tiempo y forma el inventario o la lista de acreedores no podrán plantear pretensiones de modificación del contenido de estos documentos.
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- En el plazo de quince días, computados desde la notificación a la Administración Concursal, esta habrá de presentar un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
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- Procédase a la formación de la sección sexta de calificación del concurso. que se encabezará con el testimonio de esta resolución. y a la que se incorporarán testimonios de la solicitud de declaración...
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