SAP Alicante 231/2009, 29 de Junio de 2009

PonenteMARIA CRISTINA TRASCASA BLANCO
ECLIES:APA:2009:2400
Número de Recurso198/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución231/2009
Fecha de Resolución29 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

SENTENCIA Nº 231/09

Ilrmos. Sres.:

D. Francisco Javier Prieto Lozano

Dª . Mª Dolores López Garre

Dª . Cristina Trascasa Blanco

En la Ciudad de Alicante, a veintinueve de junio de dos mil nueve.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Alicante integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen ha visto, en grado de apelación ( Rollo de Sala nº198/09) los autos de Juicio ordinario nº 393/08 en su día incoados ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Alicante , en virtud de recurso de apelación entablado por los demandantes Dª Nicolasa , D. Carlos Manuel Y Dª María Esther quienes por ello intervienen en esta alzada en su condición de recurrentes, representados por el Procurador Sr. Giménez Gosalvez y asistidos del Letrado Sra. Pizarro Garcia y siendo apelado el demandado D. Armando representado por el Procurador Sr. Gonzalez Lucas y asistido del Letrado Sr. González Simon .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Alicante en los referidos autos tramitados con el nº 393/08 se dictó con fecha 17 de diciembre del 2008 sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO:Que desestimando la demanda interpuesta por Dña. Nicolasa , Dña María Esther y

D. Carlos Manuel , contra D. Armando , absuelvo a éste de las pretensiones deducidas en su contra, imponiendo a la parte actora el pago de las costas causadas."

SEGUNDO

Contra la indicada resolución se preparó recurso de apelación por la parte demandante siendo tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 de la L.E.C. 1/2000 , y formalizado que fue, se dio traslado del mismo a la parte demandada la cual se opuso al mismo, remitiéndose seguidamente los autos a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº 198/09 .

TERCERO

En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales; señalándose para votación y fallo el día 15-06-09.

VISTOS, Siendo Ponente la Iltma. Magistrada Suplente Sra. D.ª Cristina Trascasa Blanco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Alega la recurrente que la excepción de litisconsorcio pasivo necesario que, sostiene, se opuso por la demandada en el escrito de contestación a la demanda, debió ser resuelta en el acto de la audiencia previa y no en la sentencia, lo que habría permitido a la demandante la subsanación de la falta apreciada por el Juzgado " a quo" sin obligarle a plantear una nueva demanda.

Insiste, a continuación, en las razones de nulidad que trató de hacer valer ante el Juzgado y fundadas en el hecho de haberse celebrado la vista si la presencia de la Letrado recurrente.

SEGUNDO

Amén de no haber sido expresa ni debidamente articulada en el suplico del escrito de interposición de recurso la nulidad de actuaciones sobre la que se argumenta en el escrito de interposición de recurso, la misma carece de todo fundamento en el supuesto que se revisa.

El artículo 183. 2 de la Ley Enjuiciamiento Civil , regula la solicitud de nuevo señalamiento de vista «Cuando sea el Abogado de una de las partes quien considerare imposible acudir a la vista, si se considerase atendible y acreditada la situación que se alegue, el tribunal hará nuevo señalamiento». El artículo 188 de la Ley Enjuiciamiento Civil , por su parte, regula la suspensión de la vista en el propio día de su celebración y entre su motivos, en el punto 5º refiere a «la enfermedad o imposibilidad absoluta del abogado de la parte que pidiere la...

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