SAP Zaragoza 626/2008, 12 de Noviembre de 2008
Ponente | JAVIER SEOANE PRADO |
ECLI | ES:APZ:2008:3364 |
Número de Recurso | 488/2008 |
Número de Resolución | 626/2008 |
Fecha de Resolución | 12 de Noviembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
SENTENCIA núm.626/2008
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. JAVIER SEOANE PRADO
Magistrados:
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
D. JOSE ALBERTO NICOLAS BERNAD
En ZARAGOZA, a doce de Noviembre de dos mil ocho.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTOS por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1353/2007, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 488/2008, en los que aparece como parte apelante/dda VIVIENDAS RUISEÑORES S.L. representado por la procuradora Dª. MARIA PILAR ARTERO FERNANDO y asistido por el Letrado D. JOSÉ LUIS BEL ARBUNIÉS; y como parte apelada/dte Esther , y Celestina representadas por el procurador D. JOSE LUIS ISERN LONGARES, y asistidas por el Letrado D. FRANCISCO-JAVIER ECHEVARRIA LORENTE; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER SEOANE PRADO.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 11 de junio de 2008 , cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.- Que estimando la demanda interpuesta por Celestina y Esther , contra VIVIENDAS RUISEÑORES, S.L., debo declarar la resolución de la compraventa del apartamento letra NUM000 de la planta NUM001 de la casa nº NUM002 del PASEO000 de Zaragoza (contrato de 20/1/2006), condenando al demandado a la devolución de la cantidad de 212.000,- euros, con sus intereses legales, desde la interposición de la demanda y costas procesales causadas.
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de la partedemandada se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 10 de noviembre de 2008.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se oponen a los de la presente resolución y;
VIVIENDAS RUISEÑORES SL apela la sentencia de primer grado que dio lugar a la pretensión deducida por Dª Celestina y Dª Esther de resolución del contrato de compraventa de fecha 20-1-2006 que tenía por objeto un apartamento en la edificación que la primera proyectaba construir en el nº NUM002 del PASEO000 .
La razón de la resolución se halla en el incumplimiento de la obligación de entrega en que habría incurrido la demandada, a cuyo efecto el juez arguye que, pese a que en el contrato no se había expresado la fecha de entrega de departamento adquirido, el mismo debe entenderse como igual al de los demás adquirentes de otros pisos del edificio -esto es, a mediados de mayo-, y que en aquél tiempo la entrega no pudo ser efectuada porque la demandada no había obtenido la licencia oportuna para legalizar la modificación necesaria de la inicial que autorizaba la...
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