SAP Soria 117/2008, 12 de Noviembre de 2008
Jurisdicción | España |
Fecha | 12 Noviembre 2008 |
Número de resolución | 117/2008 |
SENTENCIA: 00117/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE SORIA
ROLLO APELACION CIVIL: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000131 /2008
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de SORIA
Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000166 /2008
SENTENCIA CIVIL Nº 117/2008
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE:
DON RAFAEL MARÍA CARNICERO GIMENEZ DE AZCARATE
MAGISTRADOS:
DOÑA MARÍA BELÉN PÉREZ FLECHA DÍAZ
DON RAFAEL FERNÁNDEZ MARTÍNEZ (SUP)
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En Soria, a doce de noviembre de dos mil ocho.
Esta Audiencia Provincial de Soria, ha visto el recurso de apelación civil arriba indicado, dimanante de los Autos de JUICIO VERBAL 0000166 /2008, contra la sentencia dictada por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de SORIA , siendo partes:
Como apelantes y demandados D. Agapito , COMPAÑIA DE SEGUROS MAPFRE representados por el Procurador D. ISMAEL PEREZ MARCO, y asistidos por el Letrado Dª. MARIA CONSUELO FRANCISCO DE MIGUEL.
Y como apelado y demandante D. Casimiro representado por el Procurador Dª. MARIA PILAR ALFAGEME LISO, y asistido por el Letrado D. CARLOS REVILLA RODRIGO.ANTECEDENTES DE HECHO
Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "Que estimado la demanda interpuesta por el nombre y representación de Casimiro contra Agapito y la Compañía de Seguros Mapfre, debo condenar y condeno a los citados demandados a que abonen a la actora la cantidad de 2.046,98 euros más los intereses previstos en la Ley de Contrato de Seguro, art. 20.4 , así como a las costas causadas".
Dicha sentencia, se recurrió en apelación por la parte demandada Agapito Y CIA DE SEGUROS MAPFRE, dándose traslado del mismo a las partes, remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial de Soria, donde se formó el Rollo de Apelación Civil nº 131/08 , y no habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en segunda instancia y no estimándose necesaria la celebración de vista oral, quedaron los autos conclusos, en virtud de lo preceptuado en el art. 465.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , para dictar sentencia.
Es Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª MARÍA BELÉN PÉREZ FLECHA DÍAZ.
Interpone recurso de apelación la representación procesal de D. Agapito y de la Compañía de seguros MAPFRE, contra la sentencia de fecha 18 de junio de 2008 , que estima la demanda interpuesta de contrario por D. Casimiro , por la que se les condenó a abonar la suma de 2.046,98 # en concepto de indemnización de daños materiales derivados de responsabilidad extracontractual, alegando falta de legitimación activa y que en la sentencia se ha valorado incorrectamente la prueba practicada.
Como hemos adelantado el primer motivo del recurso denuncia falta de...
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