SAP Málaga 426/2009, 9 de Septiembre de 2009

PonenteJOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENA
ECLIES:APMA:2009:1633
Número de Recurso491/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución426/2009
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 426/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D.FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOAQUIN DELGADO BAENA

D.ALEJANDRO MARTIN DELGADO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO MIXTO Nº2 DE VELEZ MÁLAGA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 491/2008

JUICIO Nº 34/2007

En la Ciudad de Málaga a nueve de septiembre de dos mil nueve.

Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Procedimiento Ordinario seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Leon que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. LLOYD SILBERMANN MONTAÑEZ y defendido por el Letrado D. ANTONIO SOTO GONZALEZ. Es parte recurrida CERRO DEL ROMERAL, S.L. que está representado por el Procurador D. MARIA DEL MAR ARIAS DOBLAS y defendido por el Letrado D. NADALES ZAYAS, FCO. JAVIER; y Carlos Antonio , que en la instancia han litigado como partes demandadas .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 3 de Febrero de 2008 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "QUE DESESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Aranda Alarcón, en nombre y representación de D. Leon , frente a D. Carlos Antonio y la entidad CERRO DEL ROMERAL S.L., representados por la Procuradora Sra. López Millet, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a los demandados de todos los pedimentos efectuados en su contra.

Todo ello con expresa imposición de costas a la parte actora.".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivostraslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 7 de Septiembre de 2009 quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de D. Leon que comparece en calidad de apelante se alega en primer lugar que no ha existido prescripción, ya que el recurrente todavía se encuentra en tratamiento rehabilitador y siguiendo tratamiento de mejoría del aparato urogenital, por lo que no ha transcurrido el plazo prescriptivo, ya que a tenor de la jurisprudencia, ni siquiera ha comenzado.Y en cuanto al fondo del asunto, se alega que la documental y prueba practicada ha resultado acreditada la responsabilidad de la entidad Cerros del Romeral, como promotora de las obras y de D. Carlos Antonio , como encargado de la obra. Por todo lo expuesto solicita que se revoque la resolución recurrida y se dicte otra por la que desestimando la excepción de la prescripción, se condene a los demandados solidariamente a pagar al actor la cantidad solicitada en el escrito de recurso.

Por la representación procesal de la entidad Cerro del Romeral S.L y D. Carlos Antonio , se presentó escrito de oposición al recurso planteado, impugnando las alegaciones realizadas de...

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