SAP Alicante 379/2009, 19 de Junio de 2009

PonenteJOSE MANUEL VALERO DIEZ
ECLIES:APA:2009:1884
Número de Recurso286/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución379/2009
Fecha de Resolución19 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 9ª

SENTENCIA Nº 379/09

Iltmos. Sres.:

Presidente : D. Julio Calvet Botella

Magistrado: D. José Manuel Valero Diez

Magistrado: Dª Encarnación Caturla Juan

En la ciudad de Elche, a diecinueve de junio de dos mil nueve.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Medidas Hijos Extramatrimoniales nº 509/08, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Elche, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada Doña Ana , habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador Sr/a Navarro Pascual y dirigida por el Letrado Sr/a. Pareja Ramirez, y como apelada la parte demandante D. Joaquín , representada por el Procurador Sr/a. Pérez Rayón y dirigida por el Letrado Sr/a. Pomares Soriano, siendo parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Elche en los referidos autos, se dictó sentencia con fecha 7/10/08 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimar parcialmente la demanda presentada por el Procurador D. Félix Miguel Pérez Rayón, en nombre y representación de D. Joaquín , contra Doña Ana , por lo que:

  1. ) Se aprueban las siguientes medidas definitivas:

    El ejercicio de la patria potestad sobre la menor Josefina será conjunto, si bien quedará bajo la guarda y custodia de su madre, Doña Ana .

    El régimen de visitas establecido a favor del padre, D. Joaquín , consistirá, con entrega y recogida en el domicilio materno, en:

    Inicialmente:

    Visitas tutelada en el P.E.F., fines de semana alternos, sábado y domingo, desde las 11:00 horas a las 14:00 horas.

    Líbrese oficio de derivación al P.E.F. y fórmese pieza separada para el seguimiento y supervisión delrégimen de visitas acordado.

    Dentro de los tres días siguientes a la notificación de la presente resolución judicial, ambos progenitores deberán ponerse en contacto con el Punto de Encuentro Familiar, personándose en c/ Paseo de la Juventud, s/n (junto a correos del centro ) o llamando al 966661529, en horario de 9:00 a 13:00 horas.

    La asistencia de ambos progenitores es obligatoria, por lo que cualquier inasistencia injustificada será comunicada por e lP.E.F., adoptándose por el Juzgado las medidas que se consideren oportunas.

    Se deberá cumplir rigurosamente el horario de las entregas y recogidas, evitando estar en las afueras de las instalaciones, con la finalidad de evitar el encuentro entre los progenitores, que podría perjudicar el bienestar tanto físico como psicológico del menor.

    Los horarios establecidos en la presente resolución podrán ajustarse en función de las normas de funcionamiento del P.E.F.

    Cualquier problema de interpretación respecto a la resolución judicial deberán plantearse ante el Juzgado, rigiendo, hasta que sea judicialmente resuelto, el criterio del P.E.F.

    El Equipo Técnico, tras la valoración del caso, podrá determinar la conveniencia o no de autorizar a familiares a tener acceso a la visita.

    La inasistencia del menor por motivos médicos, deberá acreditarse documentalmente ante el P.E.F., sin que se recupere dicha falta justificada.

    La inasistencia del menor por actividades extraescolares, deberá acreditarse previamente ante el P.E.F., pudiendo ser recuperadas en el modo que determine el Equipo Técnico.

    Una vez que exista informe favorable del P.E.F. respecto a la adecuada relación entre padre e hija, y hasta que la menor cumpla 18 meses:

    Martes y jueves, de 18:00 a 20:00 horas, con recogida en la escuela infantil y entrega en el domicilio materno.

    Fines de semana, una semana el sábado y la siguiente el domingo, de 11:00 a 14:00 horas.

    Cuatro horas en Nochebuena o Nochevieja y Navidad o Año Nuevo y mañana o tarde de Reyes. En caso de desacuerdo para determinar el día a disfrutar por cada progenitor, el padre disfrutará del primer día/mitad los años pares y del segundo día/mitad los años impares, mientras que la madre disfrutará del segundo día /mitad de las vacaciones los años pares y de la primera día/mitad los años impares. Las horas concretas a disfrutar se determinarán por el progenitor al que le corresponda el disfrute de las mismas, en atención a las necesidades de la menor y a su horario labora.

    El Día del Padre, el Día de la Madre y del día del cumpleaños de cada progenitor le corresponderá al progenitor de que se trate en horario de 11:00 (desde la salida de la guardería, si es día lectivo) a 20:00 horas los años pares y la madre los años impares.

    El día del cumpleaños de la menor, el padre estará en compañía de la misma de 11:00 (desde a salida de la guardería, si es día lectivo), a 20:00 horas los años pares y la madre los años impares.

    De los 18 meses hasta los 4 años:

    Fines de semana alternos, desde las 11:00 horas del sábado hasta las 20:00 horas del domingo.

    Mitad de las vacaciones escolares de Navidad y Semana Santa. Las vacaciones comenzarán a la 11:00 horas del día siguiente al último día lectivo y finalizarán a las 20:00 horas del día anterior al primer día lectivo. Cada mitad estará integrada por el mismo número de días, comenzando el segundo período a las 11:00 horas de su primer día pero si el período vacacional tiene un número de días impar, el primer período tendrá un día más. En caso de desacuerdo para determinar el período a disfruta por cada progenitor, el padre disfrutará de la primera mitad de las vacaciones los años pares y de la segundo mitad los años impares, mientras que la madre disfrutará de la segunda mitad de las vacaciones los años pares y de la primera mitad los años impares.Mitad de las vacaciones escolares de verano, a disfrutar por semanas alternas. Las vacaciones comenzarán a las 11:00 horas del día siguiente al último día lectivo y finalizarán a las 20:00 horas del día anterior al primer día lectivo. Cada período semanal se iniciará a las 11:00 horas del día de la semana en que hayan comenzado las vacaciones. Si el último período están integrados por el mismo número de días, comenzando el segundo período a las 11:00 horas de su primer día, pero si el referido último período tiene un número de días impar, el primer período tendrá un día más. En caso de desacuerdo para determinar el progenitor que disfruta de la primera semana, será el padre los años pares y la madre los años pares, siguiendo el disfrute de manera alterna.

    El Día del Padre, el Día de la Madre y el día del cumpleaños de cada progenitor, le corresponderá al progenitor, le corresponderá al progenitor de que se trate, en horario de 11:00 (desde la salida de la guardería/colegio, si es día lectivo) a 20:00 horas.

    El día del cumpleaños de la menor, el padre estará en compañía de la misma de 11:00 (desde la salida de la guardería/colegio, si es un día lectivo) a 20:00 horas los años pares y la madre los años impares.

    De los 4 a los 6 años;

    Fines de semana alternos, desde la salida del colegio el viernes hasta las 20:00 horas del domingo.

    Mitad de las vacaciones escolares de Navidad y Semana Santa. Las vacaciones comenzará a las 11:00 horas de su primer día, pero si el período vacacional tiene un número de días impar, el primer período tendrá un día más. En caso de desacuerdo APRA determinar el período a disfrutar por cada progenitor, el padre disfrutará de la primera mitad de las vacaciones los años pares y de la segunda mitad los años impares, mientras que la madre disfrutará de la segunda mitad de las vacaciones los años pares y de la primera mitad los años impares.

    Mitad de las vacaciones escolares de verano, a disfrutar por períodos alternos. El primer período comenzará a las 11:00 horas del día siguiente al último día lectivo y finalizará a las 20:00 horas del 30 de junio, el segundo finalizará a las 20:00 horas del 15 de julio, el tercero a las 0:00 oras del 31 de julio, el cuarto a las 20:00 horas del 15 de agosto, el quinto a las 20:00 horas del 31 de agosto y el sexto a las 20:00 horas del día anterior al primer día lectivo....

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