STSJ Cataluña 676/2009, 15 de Junio de 2009

PonenteALBERTO ANDRES PEREIRA
ECLIES:TSJCAT:2009:8378
Número de Recurso359/2006
Número de Resolución676/2009
Fecha de Resolución15 de Junio de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 676/2009

Ilmos. Sres.:

Presidente

DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO

Magistrados

DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA

DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA

DON JOSÉ MANUEL DE SOLER BIGAS

En la Ciudad de Barcelona, a quince de junio de dos mil nueve.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo nº 359/2006, interpuesto por la COFRADÍA DE PESCADORES DE BARCELONA, representada por la Procuradora Dª Elena Lleal Barriga y dirigida por el Letrado D. Mario Pié Jahn, contra la ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA (Departament d'Agricultura, Ramaderia i Pesca), representada y dirigida por el Sr. Letrado de la Generalidad. Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. ALBERTO ANDRÉS PEREIRA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra la resolución de 17 de enero de 2006 del Hble. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Generalidad de Cataluña, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la resolución de 16 de noviembre de 2005 de la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos, por la que se autorizó el cambio de base de la embarcación pesquera "Avanza" (TA-3-2091) desde el puerto de L'Ametlla de Mar al de Barcelona.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de loshechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como se ha expuesto en los antecedentes, se impugna a través del presente recurso la resolución de 17 de enero de 2006 del Hble. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Generalidad de Cataluña, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la resolución de 16 de noviembre de 2005 de la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos, por la que se autorizó el cambio de base de la embarcación pesquera "Avanza" (TA-3-2091) desde el puerto de L'Ametlla de Mar al de Barcelona.

SEGUNDO

El primero de los motivos de impugnación que articula la Cofradía de Pescadores de Barcelona contra las resoluciones recurridas se refiere a la existencia de un defecto formal en la tramitación del procedimiento administrativo. En concreto, sostiene la actora que no se le dio traslado de los informes obrantes en el expediente, a la hora de resolver el recurso de alzada interpuesto contra la primitiva resolución de la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos de 9 de marzo de 2005.

Sobre este particular, debe tenerse en cuenta que la Cofradía recurrente no ostentaba técnicamente la condición de interesada en el procedimiento administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 31.1.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre , ya que, aún cuando es cierto que sus intereses colectivos podían verse afectados por la resolución que había de dictarse, no se personó el en el expediente en condición de interesada, como lo exige el precepto a que se ha hecho referencia.

Como consecuencia de ello, la intervención de la recurrente se limitó a emitir los informes que le fueron solicitados por la Administración demandada, en los términos previstos en el artículo 82.1 de la Ley 30/1992 y en el artículo 3.1 de la Orden de 11 de mayo de 1999 del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, que regula los cambios de base de embarcaciones pesqueras.

De todos modos, la actora ha podido hacer uso de cuantos medios de...

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