SAP Málaga 313/2009, 12 de Junio de 2009

PonenteLUIS MIGUEL MORENO JIMENEZ
ECLIES:APMA:2009:1457
Número de Recurso106/2009
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución313/2009
Fecha de Resolución12 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 2ª

SENTENCIA NÚMERO 313/2009.

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. FEDERICO MORALES GONZÁLEZ

MAGISTRADOS

D. LUIS MIGUEL MORENO JIMÉNEZ

DÑA. MARIA LUISA DE LA HERA RUIZ BERDEJO

En la ciudad de Málaga, a 12 de junio de dos mil nueve.

Vistos, en grado de apelación, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga los presentes Autos de Rollo de Apelación número 106/2009, correspondientes al Procedimiento Abreviado seguido en el Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga con el número 247/2009, sobre delito de atentado, en virtud de recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Sra. González Pérez, en nombre y representación de Arturo y habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, dicta, en virtud de la potestad conferida por la Constitución y en nombre de S.M. el Rey, la siguiente sentencia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Procuradora Sra. González Pérez, en nombre y representación de Arturo , se interpuso en fecha 27 de marzo de 2009 recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 24 de febrero de 2009 por el Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga , respecto del que no consta informe del Ministerio Fiscal,

en la que, conteniéndose el siguiente relato de Hechos Probados: "Que sobre las 12:00 horas del día28/12/04, en el Centro de Salud de Arroyo de la Miel, Benalmádena, el acusado D. Arturo , aquejado en la referida fecha de un trastorno ansioso-depresivo (trastorno distímico) que mermaba sus facultades volitivas, tras esperar a que el último paciente abandonara la consulta n°18 del referido centro médico, penetró en el interior de la misma, donde D. Evelio , doctor que sustituía aquel día al médico de cabecera que atendía habitualmente al acusado (Doctor Isidro ), y esgrimiendo un cuchillo de 19 centímetros de hoja preguntó a aquél por el último, a lo que el doctor Evelio respondió que ese día no se encontraba allí, respuesta que no convenció al acusado, quien sin dejar en ningún momento el arma que portaba continuó inquiriendo con insistencia por el referido Doctor Isidro . Que ante la actitud del acusado el doctor Evelio le pidió que se calmara pues iba a tratar de localizarlo, momento que aprovechó para llamar por teléfono a la directora del mencionado Centro de Salud, la doctora Ana , la cual se percató de la situación que atravesaba el doctor Evelio al escuchar como este le pedía al acusado que se calmara y dejara el cuchillo, dirigiéndose inmediatamente en compañía de dos miembros más de la plantilla del centro hacía la consulta donde aquellos se encontraban.

Que tan pronto como la doctora Ana y los otros dos miembros del personal del centro penetraron en la referida consulta n°18, el acusado, que se había zafado del doctor Evelio , que había intentado sin éxito quitarle el cuchillo de la mano, se abalanzó con dicha arma blanca contra la doctora Ana , quien tras esquivarlo cayó sobre un armario de la consulta, iniciándose un forcejeo al final del cual el acusado pudo ser reducido por los empleados del centro médico.

Que como consecuencia de la caída la Sra. Ana sufrió contusión en hombro y pierna derecho; lesiones que precisaron una primera asistencia facultativa y que tardaron 7 días impeditivos en curar",

en su Fallo se condenaba al hoy recurrente, Arturo , como autor criminalmente responsable de un delito de atentado contra funcionario público de los artículos 550, 551.1 y 552.1 del Código Penal , haciéndose constar, expresamente, que no ha lugar a efectuar pronunciamiento alguno en materia de responsabilidad civil, así como al pago de las costas procesales causadas.

SEGUNDO

Recibidas las actuaciones en fecha 2 de junio de 2009 en esta Sección se acordó la formación del presente Rollo para la sustanciación del recurso de apelación interpuesto.

CUARTO

No habiéndose interesado la práctica de pruebas, se acordó, simultáneamente en...

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