AAP Tarragona 19/2019, 24 de Enero de 2019
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 19/2019 |
Fecha | 24 Enero 2019 |
Sección nº 01 de la Audiencia Provincial de Tarragona. Civil
Avenida Presid. Lluís Companys, 10 - Tarragona - C.P.: 43005
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EMAIL:aps1.tarragona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 4312342120158107317
Recurso de apelación 36/2017 -U
Materia: Recurso contra interlocutoria
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 1 de DIRECCION000 Procedimiento de origen:Ejecución de título judicial extranjero 766/2015 Parte recurrente/Solicitante: Macarena, MINISTERIO FISCAL Procurador/a: Jose Dominguez Chicardi
Abogado/a: MIGUEL A. GUILLÉN GARCÍA
AUTO Nº 19/2019
ILMOS. SRES.
Presidente
D. Antonio Carril Pan
Magistrados
Dª Mª Pilar Aguilar Vallino
D. Manuel Horacio Garcia Rodriguez
Tarragona, 24 de enero 2019.
La Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Tarragona, formada por los Magistrados del margen, ha visto el recurso de apelación nº 36/2017 frente al auto de 13 octubre 2016, recaído en Ejecución Titulo Extranjero nº 766/2015, tramitado por el Jugado de 1ª Instancia Nº 1 de DIRECCION000, a instancia de Dña. Macarena
, como demandante-apelante, y D. Indalecio, como demandado, siendo parte el Ministerio Fiscal, y previa deliberación pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente resolución.
El Auto antes señalado, tras los correspondientes fundamentos de derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: "desestimar la solicitud de Exequatur presentada por la procuradora de los tribunales Dña. Pilar Tous Estany, actuando en nombre y representación de Dña. Macarena, del convenio suscrito ante el Centro Estatal de Justicia Alternativa con sede en León (Méjico) el día 10 de diciembre de 2012". SEGUNDO.- Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en que los fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
Fundamenta la decisión del Tribunal el/la Ilmo/a Sr./a Magistrado/a Ponente D. Manuel Horacio Garcia Rodriguez.
Tramite en primera instancia.
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Dña. Macarena, de nacionalidad española, solicita el reconocimiento judicial de resolución extranjera consistente en Convenio sobre extinción de pareja estable con D. Indalecio, de nacionalidad mejicana, alcanzado el 10 diciembre 2012 ante el Centro Estatal de Justicia Alternativa, Sede León-Méjico, debidamente apostillado y elevado a la categoría de cosa juzgada.
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La resolución de primer grado desestima la solicitud de exequátur ("ejecútese") por considerar que el Convenio suscrito por la promovente y su pareja ante una mediadora y conciliadora es ajeno a la función jurisdiccional de los Tribunales Mejicanos y, por tanto, no cumple con el primero de los requisitos establecidos en el art. 954 LEC1881 relativo a que la ejecutoria se haya dictado por consecuencia de un procedimiento judicial.
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La actora apela.
Segunda instancia. Decisión de la Sala.
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El recurso considera que la resolución no se ajusta al art. 446 del Código de Procedimiento civil del Estado de Guanajuato-Mejico que equipara los convenios alcanzados por los interesados, con asistencia de los mediadores y conciliadores adscritos al Centro Estatal de Justicia Alternativa, a las sentencias ejecutorias. El...
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