AAP Pontevedra 583/2018, 27 de Noviembre de 2018
Ponente | MARIA DEL ROSARIO CIMADEVILA CEA |
ECLI | ES:APPO:2018:1540A |
Número de Recurso | 698/2018 |
Procedimiento | Penal. Apelación procedimiento abreviado |
Número de Resolución | 583/2018 |
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
PONTEVEDRA
AUTO: 00583/2018
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION SEGUNDA DE PONTEVEDRA
ROSALIA DE CASTRO NÚM. 5
Teléfono: 986.80.51.19
Equipo/usuario: MI
Modelo: 530000
N.I.G.: 36038 52 2 2017 0200444
RVP RECURSO VIGILANCIA PENITENCIARIA 0000698 /2018 CR Delito/falta: DELITO SIN ESPECIFICAR
Recurrente: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª
Recurrido: Arcadio
Procurador/a: D/Dª NURIA SANABRIA DELGADO
Abogado/a: D/Dª JAVIER PICALLO BUA
AUTO Nº 583 ========================================================== ILMOS/AS SR. Presidente D. JOSE JUAN BARREIRO PRADO Magistradas Dª. ROSA DEL CARMEN COLLAZO LUGO
Dª. ROSARIO CIMADEVILA CEA ========================================================== En PONTEVEDRA, a veintisiete de noviembre de dos mil dieciocho.
Por auto de fecha 25 de mayo de 2018, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 2 de GaliciaPontevedra estimo el recurso interpuesto por el interno Arcadio, que había interpuesto contra el acuerdo
de la Junta de Tratamiento de fecha 22/10/18, concediéndose un permiso de 3 días, estableciéndose como medidas de control:
-
- Presentación diaria ante las FSE
-
- Custodia, acogimiento y acompañamiento familiar.
-
- Posible realización de control de consumo al regreso del permiso.
-
- Seguimiento en UAD Cangas.
Contra dicha resolución el Ministerio Fiscal interpuso recurso de apelación ante el Juzgado y admitido se remitieron en su virtud los autos a esta Sección de la Audiencia para su resolución, previa deliberación.
Siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ROSARIO CIMADEVILA CEA.
UNICO.- Recurre el Ministerio Fiscal el auto de fecha 25/05/2018 del Sr. Juez de Vigilancia Penitenciaria Número 2 de Galicia, por el que estimando la queja presentada por el interno Arcadio, acuerda concederle el permiso de salida que le había sido denegado por unanimidad de los miembros de la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario de A Lama de Pontevedra, con fecha 19/10/2017.
Alega el Ministerio Fiscal que si bien concurren en dicho interno los requisitos mínimos objetivos para la concesión del permiso, que se recogen en el artículo 154-1 del Reglamento Penitenciario y 47-2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, concurren también otros factores negativos para su concesión...
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