Auto Aclaratorio TS, 29 de Enero de 2019
Ponente | MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA |
ECLI | ES:TS:2019:863AA |
Número de Recurso | 112/2018 |
Procedimiento | Penal. Apelación procedimiento abreviado |
Fecha de Resolución | 29 de Enero de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal |
RECURSO CASACION núm.: 112/2018
Ponente: Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca
Letrada de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Juan Antonio Rico Fernández TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
AUTO DE ACLARACIÓN
Excmos. Sres. y Excmas. Sras.
D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca
D. Luciano Varela Castro
D. Alberto Jorge Barreiro
Dª. Ana Maria Ferrer Garcia
Dª. Susana Polo Garcia
En Madrid, a 29 de enero de 2019.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca.
Que en el recurso de casación 112/2018, se dictó sentencia nº 629/2018, de 12 de diciembre . Que en fecha 25 de enero de 2019 se recibe comunicación del Consejo General del Poder Judicial, Centro de Documentación Judicial en el que se interesa se proceda a la aclaración del antecedente de hecho primero de la referida resolución.
El artículo 267.1 de la LOPJ, dispone la posibilidad de que los tribunales puedan aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material que adolezcan sus resoluciones.
De conformidad con lo expuesto en el hecho relacionado anteriormente, se considera que ha existido un error material en el primer párrafo del antecedente de hecho primero, debiendo quedar como sigue: " PRIMERO.- El
Juzgado Mixto nº 5 del Puerto de Santa María, instruyó diligencias previas del sumario nº 2/2015 (rollo de sala nº 15/2015), contra D. Cesar y D. Cirilo, por delito de lesiones con arma, y una vez declarado concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Cádiz, Sección Primera, que con fecha 11 de octubre de 2017, dictó sentencia que contiene los siguientes hechos probados: (sic) ".
LA SALA ACUERDA : HABER LUGAR A LA ACLARACIÓN de la sentencia de fecha 12 de diciembre de 2018, dictada en el recurso nº 112/2018, en el sentido expresado más arriba.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Así se acuerda y firma.
Miguel Colmenero Menendez de Luarca Luciano Varela Castro Alberto Jorge Barreiro
Ana Maria Ferrer Garcia Susana Polo Garcia