SAP Córdoba 695/2018, 5 de Noviembre de 2018
Ponente | FERNANDO CABALLERO GARCIA |
ECLI | ES:APCO:2018:1249 |
Número de Recurso | 1063/2018 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 695/2018 |
Fecha de Resolución | 5 de Noviembre de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA
SECCION PRIMERA - CIVIL
Ciudad de la Justicia - C/ Isla Mallorca, s/n
Tlf.: 957.745.076 - 600.156.208 - 600.156.218 - Fax: 957.00.24.43
N.I.G. 1402142C20170006029
Recurso de Apelacion Civil 1063/2018 - CC
Autos de: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 659/2017
Juzgado de origen: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº3 DE CORDOBA
S E N T E N C I A Nº 695/2018
Iltmos. Sres.:
Presidente
D. PEDRO ROQUE VILLAMOR MONTORO
Magistrados:
D. FELIPE LUIS MORENO GOMEZ
D. FERNANDO CABALLERO GARCIA
En Córdoba, a cinco de noviembre de dos mil dieciocho.
Vistos por la Sección Primera de la Audiencia los autos procedentes del Juzgado referenciado al margen, que ha conocido en primera instancia, en razón del recurso de apelación interpuesto por Dª Beatriz, representado por el Procurador D. Juan Manuel Baena Cózar, bajo la dirección jurídica del Letrado D. Rafael Muriel Palomino; siendo parte apelada D. Jose Augusto, en rebeldía procesal.
Es Ponente del recurso D. FERNANDO CABALLERO GARCIA.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida, y
El dia 31 de enero de 2018, el Juzgado referido dictó sentencia cuyo FALLO establece:
"DESESTIMANDO INTEGRAMENTE la demanda de modificación de medidas interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Juan Manuel Baena Cózar en nombre y representación de D.ª Beatriz frente a D. Jose Augusto acuerdo no haber lugar a la modificación de la sentencia de 22 de septiembre de 2009 del Juzgado de Violencia sobre la Mujer dictada en los autos de procedimiento especial de guarda y custodia 27/09, con imposición de las costas a la parte actora sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 36.2 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita ."
Contra dicha sentencia se preparó en tiempo y forma recurso de apelación por la representación indicada que en base a la argumentación de hechos y fundamentación jurídica que expresó, dándose traslado del mismo a la parte contraria por el término legal, presentándose escrito de oposición, tras lo cual se remitieron las actuaciones a este Tribunal que formó el correspondiente rollo, personándose las partes.
Esta Sala se reunió para deliberación el 31 de octubre de 2018.
Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida
Planteada por la representación procesal de Dª. Beatriz demanda de modificación de las medidas adoptadas en la sentencia recaída en el procedimiento de guarda y custodia nº 27/09 del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Córdoba por la que se establecía un régimen de guarda y custodia de la hija menor de edad en favor del padre, con un régimen de visitas para la madre y se fijaba una pensión de alimentos de 150 euros mensuales a cargo de la madre, la sentencia de 31 de enero de 2018 del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Córdoba recaída en el procedimiento de modificación de medidas contenciosa 659/17 desestimó dicha demanda.
Frente a dicha sentencia, el procurador Sr. Baena Cózar en representación de Dª. Beatriz formuló recurso de apelación.
En la demanda se planteó que ha existido un cambio sustancial entre la situación existente en el momento de la sentencia y la actual, ya que la demandante presenta una " falta de capacidad y aptitud para acceder al mercado de trabajo, careciendo de cualquier tipo de ingreso y viviendo en distintos domicilios donde amigos o familiares acogen a la demandante durante periodos cortos de tiempo ", por lo que procedía la suspensión por plazo de dos años de la pensión de alimentos establecida en la sentencia de 22 de septiembre de 2009.
En la sentencia de instancia se desestimó dicha pretensión ya que...
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