AAP Jaén 352/2018, 17 de Octubre de 2018

PonenteLUIS SHAW MORCILLO
ECLIES:APJ:2018:1208A
Número de Recurso251/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución352/2018
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

A U T O Nº 352

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

Dª Elena Arias Salgado Robsy

MAGISTRADOS

D. José Pablo Martínez Gámez

D. Luis Shaw Morcillo

En la ciudad de Jaén, a diecisiete de Octubre de dos mil dieciocho.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal seguidos en primera instancia con el nº 660 del año 2017, por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Úbeda, rollo de apelación de esta Audiencia nº 251 del año 2018, a instancia del AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA, defendido por el Letrado Consistorial del Excmo. Ayuntamiento de Úbeda; contra Dª Fidela .

ACEPTANDO los antecedentes de hecho del auto apelado, dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Úbeda, con fecha 20 de Diciembre de 2017 .

HECHOS
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Úbeda y en fecha 20 de Diciembre de 2017, se dictó Auto que contiene la siguiente PARTE DISPOSITIVA: "Declaro la falta de jurisdicción de este órgano judicial para conocer de la presente demanda, remitiendo a las partes al orden social".

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso por la parte demandante Ayuntamiento de Úbeda, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Úbeda, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso.

TERCERO

No existiendo otra parte personada, se por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, con emplazamiento de las partes, que turnadas a esta Sección Primera se formó el rollo correspondiente; personadas las partes, quedó señalado para la deliberación, votación y fallo el día 17 de Octubre de 2018, en que tuvo lugar, quedando la actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales, con excepción, de que el Magistrado D. José Antonio Córdoba García se ha jubilado, siendo sustituido en la deliberación, votación y fallo por el Magistrado D. José Pablo Martínez Gámez.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Luis Shaw Morcillo.

ACEPTANDO los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

Único.- Se declara por el juzgado de instancia la incompetencia de jurisdicción al entender que corresponde a la jurisdicción social la pretensión deducida por el Excmo Ayto. de Úbeda. Los hechos aducidos en la demanda y de donde deriva la solicitud se centran en un supuesto enriquecimiento injusto al haberse abonado a una trabajadora una cantidad mayor de la...

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