SAP Lleida 353/2009, 3 de Septiembre de 2009
Ponente | FRANCISCO SEGURA SANCHO |
ECLI | ES:APL:2009:615 |
Número de Recurso | 104/2009 |
Número de Resolución | 353/2009 |
Fecha de Resolución | 3 de Septiembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lleida, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚM.: 353 /09
En la ciudad de Lleida, a 3 de septiembre de 2009
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lleida, constituida por mí, Francisco Segura Sancho Magistrado de la Sección 1 ha visto, en grado de apelación constituido en Tribunal unipersonal, los autos de Juicio de Faltas núm.: 132/2008 del Juzgado Instrucción 2 La Seu d'Urgell y del que dimana el Rollo de Sala núm.:104/2009, habiendo sido partes, en calidad de apelante, Rogelio defendido por la Letrada Dª Carmen Ruiz González, y en calidad de apelado Ministerio Fiscal.
Por el Juzgado de Instrucción se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice lo siguiente: "FALLO Que debo CONDENAR y CONDENO a Rogelio como autor de una falta contra el orden público del artículo 637 del Código Penal a la pena de veinticinco días de multa a razón de una cuota diaria de diez euros, con imposición de las costas del proceso. Si el condenado no satisficiere la pena de multa impuesta quedará sujeto de conformidad con el artículo 53 del Código Penal a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas. "
Contra la referida sentencia se interpuso recurso de apelación mediante escrito del que se dio traslado a las partes contrarias para impugnación o adhesión, evacuando dicho trámite en el sentido de impugnarlo solicitando la íntegra confirmación de la sentencia recurrida.
Seguidamente se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial Sección Primera, que acordó formar rollo y designar Magistrado competente para conocer del recurso, al que pasaron las actuaciones para dictar la resolución correspondiente.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan y se hacen propios los de la sentencia recurrida, en cuanto no contradigan lo argumentado en la presente resolución.
Se impugna la sentencia condenatoria de instancia al estimar el recurrente que aquel pronunciamiento se fundó en una errónea interpretación del precepto legal por el que fue condenado dadoque no hubo un uso público e indebido de una documentación que le acreditaba como funcionario del cuerpo nacional de policía jubilado en el momento en que accedió a las dependencias judiciales a fin de llevar a cabo unas gestiones de tipo privado. En segundo lugar, y directamente relacionado con el anterior, niega que hiciera uso indebido de una placa profesional correspondiente a aquel cuerpo policial por cuanto que esta le fue retirada en el momento en que pasó a la situación administrativa de jubilado, Con arreglo a estas alegaciones interesa la revocación de la resolución de instancia y, consecuentemente a ello, su libre absolución, a lo que se opone el Ministerio Fiscal que interesa la desestimación del recurso y la confirmación de la resolución de instancia.
Los hechos enjuiciados son los siguientes: el denunciado, agente del cuerpo nacional de policía en situación administrativa de jubilado, accedió a las oficinas de los Juzgados de La Seu d'Urgell, a las que se había dirigido a fin de realizar unas gestiones de carácter privado, tras mostrar al agente privado de seguridad que controlaba el acceso a...
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