SAP Barcelona 389/2008, 23 de Octubre de 2008
Ponente | BLAS ALBERTO GONZALEZ NAVARRO |
ECLI | ES:APB:2008:9833 |
Número de Recurso | 839/2007 |
Número de Resolución | 389/2008 |
Fecha de Resolución | 23 de Octubre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª |
SENTENCIA num. 389/2008
Ilmos. Sres. Magistrados
D. LUIS GARRIDO ESPA
D. JORDI LLUÍS FORGAS FOLCH
D. BLAS ALBERTO GONZALEZ NAVARRO
En la ciudad de Barcelona, a veintitrés de octubre de dos mil ocho.
Vistos en grado de apelación, ante la Sección 15ª de esta Audiencia Provincial, los presentes autos incidentales de impugnación de la tasación de costas de la segunda instancia por indebidas, en el seno del juicio ordinario num. 688/2005 seguido ante el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona a instancia de D. Lucas y Dña. Alicia , representados por la Procuradora Dña. Nuria Tor Patino y defendidos por el Letrado D. Jacinto Soler Padró, contra CREDIT SUISSE SUCURSAL EN ESPAÑA, AMADEUS GLOBAL TRAVEL DISTRIBUTION S.A y WAM ACQUISITION S.A, representadas respectivamente por los Procuradores D. Antonio Mª Anzizu i Furest, D. Federico Barba Sopeña y D. Ignacio López Chocarro, y defendidas por los Letrados D. Jesús Almoguera García, D. Rafael Murillo Tapia, y Dña. Natalia Gómez Bernardo.
Por la parte demandante se impugna la tasación efectuada por el Sr. Secretario de esta Sala con fecha 20 de junio de 2008 , a instancia de la representación de CREDIT SUISSE SUCURSAL EN ESPAÑA, AMADEUS GLOBAL TRAVEL DISTRIBUTION S.A y WAM ACQUISITION S.A.
De esta impugnación se ha dado traslado a las contrarias, que se han opuesto a la misma, tras lo cual, no solicitándose vista, se siguieron los trámites legales. La votación y fallo del recurso se señaló para el día 15 de octubre de 2008.
En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales, salvo los plazos procesales, que no han podido ser atendidos todos.
Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. BLAS ALBERTO GONZALEZ NAVARRO.
La parte impugnante de la tasación, integrada por D. Lucas y Dña. Alicia , considera que las costas de los abogados minutantes, así como los derechos de los Procuradores intervinientes en el proceso, son indebidos. El sustento de esta tesis es que dicho proceso aún no ha terminado, es decir, que el auto dictado en el seno de estas actuaciones por esta Sala con fecha 5 de marzo de 2008 no es firme, al haberse interpuesto por los impugnantes recurso de amparo, cuya larga tramitación obligaría, para proteger sus derechos fundamentales, a suspender la tasación de las costas.
Primeramente...
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