SAP Murcia 230/2008, 15 de Octubre de 2008
Ponente | JOSE MANUEL NICOLAS MANZANARES |
ECLI | ES:APMU:2008:2167 |
Número de Recurso | 56/2008 |
Número de Resolución | 230/2008 |
Fecha de Resolución | 15 de Octubre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª |
SENTENCIA NUM. 230
Iltmos. Sres.
D. José Manuel Nicolás Manzanares
Presidente
D. Miguel Ángel Larrosa Amante
D. José Joaquín Hervás Ortiz
Magistrados
En la ciudad de Cartagena, a quince de Octubre de dos mil ocho.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal número 158/2007 -Rollo 56/2008-, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia Número Tres de San Javier, entre las partes: como actores la entidad LINEA DIRECTA ASEGURADORA, S.A., y Don Abelardo , representados por la Procuradora Doña Rosa Nieves Martínez Martínez y dirigidos por el Letrado Don Patricio Martínez Martínez, y como demandadas la mercantil CONSTRUCCIONES FERRER CELDRÁN Y CÍA, S.A., y la entidad MUTUA GENERAL DE SEGUROS, S.A., representadas por la Procuradora Doña Teresa Foncuberta Hidalgo y dirigidas por el Letrado Don Juan Fernando Macanás Muñoz. En esta alzada actúan como apelantes las demandadas y como apelados los demandantes. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don José Manuel Nicolás Manzanares, que expresa la convicción del Tribunal.ANTECEDENTES DE HECHO
Por el Juzgado de Primera Instancia Número Tres de San Javier en los referidos autos, tramitados con el número 158/2007 , se dictó sentencia con fecha 17 de septiembre de 2007 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Rosa Nieves Martíntez tiene en nombre y representación de la mercantil Línea Directa Aseguradora, S.A. y de don Abelardo contra la mercantil Construcciones Ferrer Celdrán y compañía, S.A. y la Mutua General de Seguros S.A. representados por la Procuradora de los Tribunales doña Teresa Foncuberta Hidalgo y las condenar solidariamente a pagar a Línea Directa Aseguradora, S.A. LA CANTIDAD DE DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS Y SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (2442,65 euros) y a don Abelardo la cantidad de DOSCIENTOS DIEZ EUROS (210 €), los intereses legales de las mismas en los términos del fundamento tercero de la presente resolución y las costas del presente procedimiento".
Dicha resolución fue aclarada, complementada o subsanada por auto de fecha 8 de octubre de 2007 , rechazando la suspensión del procedimiento por prejudicialidad penal.
Contra dicha sentencia, se preparó recurso de apelación por la parte demandada, que, una vez admitido a trámite, interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado a la parte demandante, emplazándola por diez días para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultara desfavorable, dentro de cuyo término presentó escrito de oposición al recurso, solicitando la confirmación de la sentencia dictada en primera instancia, con expresa condena en costas a la contraparte. Seguidamente, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días, fueron remitidos los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el número 56/2008, que ha quedado para sentencia sin celebración de vista, tras señalarse para el día 14 de octubre de 2008 su votación y fallo.
En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.
Alegada por los apelantes, como primer motivo del recurso, la infracción de lo dispuesto en el artículo 40-2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , al haberse dictado la sentencia impugnada estando pendiente una causa criminal sobre el mismo accidente de tráfico objeto de...
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