STSJ Galicia 993/2009, 8 de Octubre de 2009

PonenteJOSE MARIA ARROJO MARTINEZ
ECLIES:TSJGAL:2009:8578
Número de Recurso4159/2007
Número de Resolución993/2009
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 00993/2009

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0004159/2007

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 002 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha

pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos. Sres. D.

JOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA

JOSE MARIA ARROJO MARTINEZ

CRISTINA MARIA PAZ EIROA

A CORUÑA, ocho de Octubre de dos mil nueve.

En el recurso contencioso-administrativo 0004159 /2007 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por EL

COLEGIO DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS, representado por el Procurador

D. LUIS FERNANDEZ AYALA MARTINEZ y dirigido por la Letrada Dña. MARIA TERESA VALIENTE LOPEZ, contra resolución de 2.2.07, notificada el 12.2.07, por la que se desestima el recurso de reposición formulada contra resolución de 27.11.06, que anunciaba licitación de contrato de consultoría-asistencia para la redacción de proyecto básico y ejecución de estudio seguridad y salud IES. O GROVE. Es parte demandada LA CONSELLERIA DE CULTURA E DEPORTE, representada y dirigida por EL LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictasesentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 1 de Octubre de 2009.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE MARIA ARROJO MARTINEZ

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso se dirige contra resolución de la Consellería de Cultura e Deporte, de 2 de febrero de 2007, desestimatoria del recurso de reposición contra resolución administrativa, de fecha 27 de noviembre de 2006, por la que se convoca la licitación, mediante procedimiento abierto y forma de adjudicación de concurso público, con tramitación urgente, de un contrato de consultoría y asistencia para la redacción del proyecto técnico básico y de ejecución y el estudio de seguridad y salud y la dirección de obra, en calidad de arquitecto, para la construcción de un pabellón polideportivo en el IES del Ayuntamiento de O Grove, Pontevedra.

SEGUNDO

En defensa de sus pretensiones la parte actora sostiene lo siguiente: "La resolución impugnada, al vetar el acceso de los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, al concurso público en cuestión, está contraviniendo lo dispuesto en la Ley de Contratos, por ser contraria a los principios indicados. Precisamente los contraviene en cuanto que lleva a cabo una interpretación expansiva del artículo 2.1. a) de la LOE , en relación con el artículo 10 de la misma, lo que tiene como inmediata consecuencia la restricción de la referencia a otros profesionales titulados y, entre ellos, los ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, para redactar y dirigir los proyectos que tengan el objeto de referencia; supone, pues, una extralimitación de las previsiones del artículo citado"... "Es claro, pues, que la cuestión, lejos de...

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