SAP Pontevedra 362/2009, 8 de Octubre de 2009

PonenteJAIME ESAIN MANRESA
ECLIES:APPO:2009:2822
Número de Recurso234/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución362/2009
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA Nº: 362/2009

En PONTEVEDRA, a ocho de Octubre de dos mil nueve.

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio verbal civil nº 0505/08, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Tui (Rollo de Sala número 234/09) en el que son partes como apelante D.- Luciano , que se personó en esta instancia representado por el Procurador D.-Luis Ramón Valdés Albillo; y como apelada "ILUMINACIONES ELECTROSIL, S.L.", que se personó en esta instancia representada por la Procuradora Dña.- María del Amor Angulo Gascón, siendo Ponente el Ilmo. Sr.

D. JAIME ESAIN MANRESA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 20 de febrero de 2009, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice: "Que debe estimar y estimo la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dª Mª Antonia Duque Sierra, actuando en nombre y representación de Iluminaciones Electrosil, s.l. contra D. Luciano y, en consecuencia:

  1. Se condena al demandado D. Luciano a reponer a la demandante Iluminaciones Electrosil, s.l. en la posesión de 92,06 m" de superficie de terreno invadido en la parte de la parcela denominada "Lameiro", sita en la carretera PO-552, a la altura de As Mariñas, s/n de Mougás, en el término municipal de Oia, que linda con un camino de servicio, a consecuencia del vertido de tierra, piedras, lodo y obras de aterramiento recogidas en el informe pericial elaborado por el perito D. Jesús Luis y aportado como documento nº 3 de la demanda.

  2. Se condena al demandado a dejar la porción de terreno libre y en el mismo estado y condiciones que tenía antes de la realización de las citadas obras.

Todo ello con expresa imposición de las costas devengadas al demandado".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por D.-Luciano , recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y seacordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por "ILUMINACIONES ELECTROSIL, S.L.".

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 25 de mayo de 2009.

Solicitado el recibimiento a prueba en esta instancia por la representación de la parte recurrente D.-Luciano , por resolución de fecha 14 de julio de 2009, se denegó dicha solicitud.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los contenidos en la resolución impugnada.

PRIMERO

La sentencia apelada estimó demanda de juicio verbal en ejercicio de acción de tutela sumaria de posesión, en base a...

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