SAP Girona 345/2009, 30 de Septiembre de 2009
Ponente | FERNANDO FERRERO HIDALGO |
ECLI | ES:APGI:2009:1698 |
Número de Recurso | 397/2009 |
Número de Resolución | 345/2009 |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 345/09
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Don Fernando Lacaba Sánchez
MAGISTRADOS
Doña Ma Isabel Soler Navarro
Don Fernando Ferrero Hidalgo
En Girona, treinta de septiembre de dos mil nueve
VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 397/2009, en el que han sido partes apelantes D. Geronimo y Dña. Adela , representadas estas por la Procuradora Dña. CARME PEIX ESPÍGOL, y dirigidas por la Letrada Dña. MONTSERRAT VALLÉS FIOL; y como parte apelada no comparecida en esta alzada Dña. Estefanía , habida cuenta del estado mental en el que se encuentra; siendo también parte el MINISTERIO FISCAL como defensor judicial.
Por el Juzgado Primera Instancia 5 Girona (ant.CI-5), en los autos nº 1163/2008 , seguidos a instancias de D. Geronimo y Dña. Adela , representados por la Procuradora Dña. CARME PEIX ESPÍGOL y bajo la dirección de la Letrada Dña. MONTSERRAT VALLÉS FIOL, promoviendo la declaración de incapacitación de Dña. Estefanía , con la intervención del MINISTERIO FISCAL como defensor judicial, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta, debo declarar y declaro incapaz totalmente para gobernar su persona y bienes a Dª Estefanía , con incapacidad total para todo acto de administración y disposición sobre su persona y bienes, debiendo quedar sometida a régimen de tutela, sin que suponga privación del derecho de sufragio.Procédase a la constitución de la tutela de Dª Estefanía , y para que la ejerza se nombra TUTORA a su hija, Dª Adela , a quien se releva de prestar fianza, y firme que sea la presente resolución dése posesión del cargo a la tutora, que deberá comparecer ante este Juzgado al objeto de aceptarlo y jurar o prometer desempeñarlo bien y fielmente, haciéndole saber en tal momento los derechos y obligaciones a él inherentes; líbrese testimonio de la misma, con expresión de la fecha de toma de posesión al deferirles el cargo, que se cursará sin dilación mediante el oportuno exhorto al Encargado del Registro Civil, a fin de que proceda a la inscripción del cargo tutelar, con nota de referencia a la de la tutela al margen de la inscripción de nacimiento del sujeto a aquella".
La relacionada sentencia de fecha 14/4/09 , se recurrió en apelación por las partes demandantes, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Ferrero Hidalgo.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.
Se interpuso recurso de apelación por...
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