SAP Melilla 49/2008, 22 de Septiembre de 2008

PonenteDIEGO GINER GUTIERREZ
ECLIES:APML:2008:173
Número de Recurso76/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución49/2008
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Melilla, Sección 7ª

SENTENCIA Nº 49

En Melilla, a veintidós de septiembre de dos mil ocho.

Vistos por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga los autos de Juicio Verbal nº 88/08 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de esta ciudad, en virtud de demanda formulada por Dña. Esther , representado por la Procuradora Dª. Concepción García Carriazo y asistida del Letrado Sr. Gallardo Martínez, contra D. Alexander representado por la Procuradora Dña. María Luisa Muñoz Caballero y asistido del Letrado Sr. Pérez Sánchez, cuyos autos han venido a este Tribunal en virtud de recurso interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en autos; siendo Magistrado-Ponente para la redacción de esta sentencia D. DIEGO GINER GUTIÉRREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la resolución apelada.

SEGUNDO

En el proceso de referencia el día diez de abril de dos mil ocho, se dictó Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Sra. García Carriazo en nombre y representación de Dña. Esther contra D. Alexander , cuya situación procesal es la de rebeldía debo declarar y declaro resuelto por falta de pago de la renta el contrato de arrendamiento que les vincula suscrito en fecha 1 de octubre de 2003, de la finca sita en esta ciudad calle DIRECCION000 nº NUM000 - NUM001 , condenando al demandado a pagar a la demandante la cantidadde 1.862,67 euros más los intereses legales correspondientes, así como a que deje dicha vivienda libre, vacua y expedita a disposición de la demandante, con apercibimiento de que si así no lo hiciere antes del día 12 de Mayo de 2008 , será lanzado a su costa, imponiéndole igualmente el pago de las costas causadas."

TERCERO

Contra dicha resolución la Procuradora Dña. María Luisa Muñoz Caballero, en nombre y representación de D. Alexander interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, y previo traslado a la parte contraria que presentó escrito de oposición fueron remitidos los autos a esta audiencia a los efectos oportunos, con emplazamiento de las partes.

CUARTO

Personadas ambas partes y tras lo trámites legales se señaló día y hora para la deliberación, votación y fallo del presente recurso, que tuvo lugar el día dieciséis de septiembre de dos mil ocho.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

No hace falta insistir sobre la importancia que para el proceso presentan los actos de comunicación, pues de ellos depende que las partes tengan adecuado conocimiento de su desarrollo e incidencias, por lo que las disposiciones referentes a los mismos deban cumplirse con total rigurosidad, de modo tal que su infracción determinará la nulidad de la diligencia a que se refiera, o en su caso del proceso todo si al mismo en su conjunto afectase, y así lo ha sostenido una extensa Jurisprudencia, tanto del Tribunal Constitucional -por citar sólo las Sentencias más recientes, Sentencias del Tribunal Constitucional de 24 de enero de...

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