SAP Jaén 190/2008, 3 de Septiembre de 2008

PonenteMARIA LOURDES MOLINA ROMERO
ECLIES:APJ:2008:908
Número de Recurso41/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución190/2008
Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 190/08

PRESIDENTE:

D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA

MAGISTRADOS:

Dª LOURDES MOLINA ROMERO

D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA

En la ciudad de Jaén a tres de septiembre de dos mil ocho.

Vista, en grado de apelación, por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial la causa seguida ante el Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén por el Juicio Rápido número 13/2008 por el delito de malos tratos en el ámbito familiar, procedente del Juzgado de Instrucción número 1 de Alcalá la Real, siendo acusado Juan Pedro , cuyas circunstancia constan en la recurrida, representado en la instancia por el Procurador Sra. Cruz Ordóñez, y defendido por el Letrado Sra. Santiago Moreno, ha sido apelante el acusado, parte el Ministerio Fiscal, representado por el Fiscal Sra. González Marchal y Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª LOURDES MOLINA ROMERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal número Tres de Jaén, en el Juicio Rápido número 13/08 , se dictó en fecha 5 de marzo de 2.008 sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: " Sobre las 19,30 horas del día 19 de febrero de 2.008 encontrándose el acusado Juan Pedro en su domicilio, sitoen C/ CAMINO000 , NUM000 puerta NUM001 de Alcaudete (Jaén) mantuvo una discusión por un paquete de tabaco con su pareja sentimental, Lorenza , en el curso de la cual el acusado se fue poniendo agresivo hasta que, con intención de menoscabar la integridad física de aquella le dio una bofetada en la cara así como varios empujones y golpes por el cuerpo, causándole lesiones consistentes en múltiples heridas contusas y abrasiones (arañazos) en hemifacial derecha, que precisó para su curación una primera asistencia facultativa mediante tranquilizantes y cura local tardando en sanar diez días, ninguno de los cuales estuvo impedida para sus ocupaciones habituales, no reclamando indemnización.

El acusado tenía diagnosticada esquizofrenia paranoide no habiendo quedado acreditado que hubiera sufrido un brote de dicha enfermedad que le afectara a sus facultades intelectivas o volitivas".

SEGUNDO

Así mismo la referida sentencia contiene el siguiente FALLO: " Que debo condenar y condeno a Juan Pedro como autor responsable de un delito de malos tratos en el ámbito familiar, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de nueve meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, privación de la tenencia y porte de armas durante dos años y prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y comunicarse por cualquier medio con Lorenza durante un año y nueve meses, siendo de su cargo el pago de las costas causadas ".

TERCERO

Contra la mencionada sentencia por el acusado se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, basado en la infracción de la presunción de inocencia, para solicitar la revocación de la sentencia conforme a sus pretensiones, dándose traslado a las demás partes para su impugnación o adhesión.

CUARTO

Elevados los autos a esta Audiencia se acordó formar rollo, turnar de Ponente, quedando examinados para sentencia.

QUINTO

Se acepta el resultado de hechos probados de la sentencia apelada, y los fundamentos jurídicos de dicha sentencia.

SEXTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El acusado se opuso a la sentencia de instancia, alegando el error en la apreciación de la prueba y la infracción de la presunción de inocencia.

Se desestimarán sus pretensiones porque aquella resolución es ajustada a derecho.

Cuestiona en primer término el recurrente la valoración de la prueba por el juzgado de instancia. Todo el desarrollo del motivo no supone otra cosa que un indebido propósito de criticar la valoración de las pruebas llevada a cabo por el Tribunal de instancia con el intento de imponer la efectuada por la parte; con olvido de que la función de valorar las pruebas corresponde, de modo exclusivo y excluyente, al tribunal...

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