STSJ Navarra 316/2009, 21 de Mayo de 2009
Ponente | FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA |
ECLI | ES:TSJNA:2009:460 |
Número de Recurso | 484/2008 |
Número de Resolución | 316/2009 |
Fecha de Resolución | 21 de Mayo de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 316/2009
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE,
D. IGNACIO MERINO ZALBA
MAGISTRADOS,
D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ
D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA
En Pamplona a Veintiuno de Mayo de Dos Mil Nueve.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, ha visto los autos del recurso contencioso-administrativo nº 484/08 interpuesto contra la resolución de la Dirección general de la Policía y Guardia Civil de fecha 26-5-2008 que desestima la solicitud de abono con carácter retroactivo del complemento especifico singular asignado a la especialidad de Seguridad ciudadana, en los que han sido partes como demandante D. Alejo y como demandados la Administración del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado y viene en resolver en base a los siguientes Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho.
Interpuesto el recurso contencioso-administrativo y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase sentencia estimatoria de sus pretensiones.
El Abogado de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia desestimatoria por la que se confirmase el acto recurrido.
Por auto que consta en el procedimiento se acordó el recibimiento a prueba del recurso, con el resultado que consta en autos.
Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera así se verificó , como obra en autos, teniendo lugar el día 20-5-2009.
Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA, quien expresa el parecer de la Sala.
A través de este recurso contencioso-administrativo se impugna la resolución de laDirección general de la Policía y Guardia Civil de fecha 26-5-2008 que desestima la solicitud de abono con carácter retroactivo del complemento especifico singular asignado a la especialidad de Seguridad ciudadana.
Esta Sala ya ha resuelto idéntico objeto y con idénticos argumentos jurídicos a los expuestos en este proceso en varias Sentencias. Por citar la última: STSJNavarra de fecha 14-5-2009 (Rc 486/2008). Es por ello que debemos aplicar la doctrina sentada en dicha Sentencia, que son de plena aplicación mutatis mutandi al presente caso.
La referida Sentencia señala:
"PRIMERO.- Lo que el recurrente pretende es que por elevación de la cuantía que ya cobra en concepto de complemento específico singular se le reconozca el derecho a cobrar la cuantía que percibe el personal de su Unidad en dicho concepto por encima de la que cobra el personal que no realiza funciones de seguridad ciudadana.
Esa pretensión se sustenta en la consideración, desde luego "gratuita", de que la cuantía...
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