SAP Asturias 293/2009, 15 de Mayo de 2009

PonenteRAMON IBAÑEZ DE ALDECOA LORENTE
ECLIES:APO:2009:1362
Número de Recurso577/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución293/2009
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª

SENTENCIA Núm. 293/2009

Iltmos. Sres.:

PRESIDENTE: D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO

MAGISTRADOS: D. RAMÓN IBÁÑEZ DE ALDECOA LORENTE

D. JULIÁN PAVESIO FERNÁNDEZ

En GIJON, a quince de Mayo de dos mil nueve.

VISTOS, por la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial los presentes autos de Procedimiento Ordinario número 1134/2008, Rollo número 577/2008, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Villaviciosa; entre partes, como apelante D. Juan Ramón representado por la Procuradora Dña. María Pilar Cancio Sánchez bajo la dirección letrada de Dña. Paticia Sanz Fernández, como apelada la ASOCIACIÓN DE CAZADORES "EL PORTAL", representada por el Procurador D. Víctor Viñuela Conejo bajo la dirección letrada de D. Fernando Gil Madrera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Villaviciosa dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 24 de julio de 2008 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Cancio Sánchez, en nombre y representación de D. Juan Ramón , contra la ASOCIACIÓN DE CAZADORES "EL PORTAL", debo declarar y declaro no vulnerado el derecho a la información del asociado D. Juan Ramón , por las razones esgrimidas en la Fundamentación de esta resolución, y todo ello con expresa condena en las costas del presente procedimiento a la referida parte demandante, D. Juan Ramón ."SEGUNDO.- Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de D. Juan Ramón se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, se señaló para la deliberación y votación del presente recurso el pasado día 7 de los corrientes.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN IBÁÑEZ DE ALDECOA LORENTE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan, en lo sustancial, los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

SEGUNDO

La Sentencia recaída en la primera instancia, y que recurre en apelación el demandante, desestima íntegramente la demanda interpuesta por D. Juan Ramón contra la Asociación de Cazadores "El Portal" por la que pretende que se declare su derecho, en calidad de socio, a obtener la información requerida a medio de diligencias preliminares, y en concreto, la que se refiere a número de socios, desglosando socios fundadores, socios de número, socios protectores, socios de mérito, y nuevas incorporaciones e invitados durante la temporada 2006/07, número de socios de caza mayor y menor, así como sus cuotas correspondientes al ejercicio 2006/07, actas de asambleas ordinarias y extraordinarias celebradas durante los años 2.004, 2.005 y 2.006, ingresos por recechos de corzo concedidos a los cazadores locales y turistas, junto con las tasas de entrada y complementarias satisfechas e identidad de los solicitantes, durante las temporadas 2.004 a 2.007, y los ingresos por multas impuestas por la sobrecaza de las distintas especies, así como las cuadrillas, socios o invitados sancionados.

TERCERO

Lo primero que llama la atención en la pretensión del actor es que, como se reconoce paladinamente en la demanda, ya dedujo anteriormente la misma pretensión en procedimiento de Diligencias Preliminares nº 1646/07 del Juzgado de Primera Instancia de Villaviciosa, con el resultado que consta en dichas diligencias, mostrando su disconformidad con este, en el sentido de que el Presidente de la Asociación demandada sólo le ofreció verbalmente la información requerida, sin justificar documentalmente tales...

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