SAP Madrid 401/2018, 13 de Noviembre de 2018

PonenteRAMON BELO GONZALEZ
ECLIES:APM:2018:15949
Número de Recurso192/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución401/2018
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigesimoprimera

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 8 - 28035

Tfno.: 914933872/73,3872

37013860

N.I.G.: 28.092.00.2-2017/0010922

Recurso de Apelación 192/2018

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 01 de Móstoles

Autos de Juicio Verbal (250.2) 1000/2017

APELANTE: D./Dña. Erica

PROCURADOR D./Dña. EVERILDA CAMARGO SANCHEZ

D./Dña. Fátima

APELADO: D./Dña. Hortensia

PROCURADOR D./Dña. MARIA SONIA JIMENEZ SANMILLAN AN

SENTENCIA

MAGISTRADO Ilmo. Sr.:

D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ

En Madrid, a 13 de noviembre de 2018. El Ilmo. Sr. D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ, Magistrado de la Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, constituida como órgano unipersonal, ha visto, en grado de apelación los autos de juicio verbal número 1000/2017 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Móstoles, seguidos entre partes, de una, como Apelante-Demandada: Dª Fátima, y de otra, como Apelada-Demandante: Dª Hortensia .

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Móstoles, en fecha 30 de enero de 2018, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Fernández Gómez en nombre y representación de Dña. Hortensia procede hacer los siguientes pronunciamientos:

Debo condenar y condeno a la demandada a reparar las deficiencias que proceden de su vivienda sita en el PASEO000 nº NUM000, NUM001 NUM002, 28936 de Móstoles (Madrid), deficiencias que han producidos daños al inmueble de la parte actora, y que se cuantifican en un importe inferior a 3.000 euros.

Debo condenar y condeno a la demandada a pagar a la parte actora la cantidad de 309,38 euros, importe en que se han tasado los daños producidos en la vivienda de la parte actora.

Procede la condena en costas de la parte demandada".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma, se interpuso recurso de apelación, por la parte demandada, mediante escrito del que se dio traslado a la otra parte, que presentó escrito de oposición al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección, en la que se personó, en plazo, el apelante y ante la que no se ha practicado prueba alguna.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 28 de septiembre de 2018, se señaló para la resolución del presente recurso el día 12 de noviembre de 2018.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

- Por la misma valoración que, de la prueba practicada,...

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