SAP Madrid 401/2018, 13 de Noviembre de 2018
Ponente | RAMON BELO GONZALEZ |
ECLI | ES:APM:2018:15949 |
Número de Recurso | 192/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 401/2018 |
Fecha de Resolución | 13 de Noviembre de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Vigesimoprimera
c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 8 - 28035
Tfno.: 914933872/73,3872
37013860
N.I.G.: 28.092.00.2-2017/0010922
Recurso de Apelación 192/2018
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 01 de Móstoles
Autos de Juicio Verbal (250.2) 1000/2017
APELANTE: D./Dña. Erica
PROCURADOR D./Dña. EVERILDA CAMARGO SANCHEZ
D./Dña. Fátima
APELADO: D./Dña. Hortensia
PROCURADOR D./Dña. MARIA SONIA JIMENEZ SANMILLAN AN
SENTENCIA
MAGISTRADO Ilmo. Sr.:
D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ
En Madrid, a 13 de noviembre de 2018. El Ilmo. Sr. D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ, Magistrado de la Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, constituida como órgano unipersonal, ha visto, en grado de apelación los autos de juicio verbal número 1000/2017 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Móstoles, seguidos entre partes, de una, como Apelante-Demandada: Dª Fátima, y de otra, como Apelada-Demandante: Dª Hortensia .
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Móstoles, en fecha 30 de enero de 2018, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Fernández Gómez en nombre y representación de Dña. Hortensia procede hacer los siguientes pronunciamientos:
Debo condenar y condeno a la demandada a reparar las deficiencias que proceden de su vivienda sita en el PASEO000 nº NUM000, NUM001 NUM002, 28936 de Móstoles (Madrid), deficiencias que han producidos daños al inmueble de la parte actora, y que se cuantifican en un importe inferior a 3.000 euros.
Debo condenar y condeno a la demandada a pagar a la parte actora la cantidad de 309,38 euros, importe en que se han tasado los daños producidos en la vivienda de la parte actora.
Procede la condena en costas de la parte demandada".
Notificada la mencionada sentencia, contra la misma, se interpuso recurso de apelación, por la parte demandada, mediante escrito del que se dio traslado a la otra parte, que presentó escrito de oposición al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección, en la que se personó, en plazo, el apelante y ante la que no se ha practicado prueba alguna.
Por providencia de esta Sección, de 28 de septiembre de 2018, se señaló para la resolución del presente recurso el día 12 de noviembre de 2018.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
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