AAP Barcelona 799/2018, 13 de Noviembre de 2018

PonenteELENA GUINDULAIN OLIVERAS
ECLIES:APB:2018:8986A
Número de Recurso491/2018
ProcedimientoOtros recursos
Número de Resolución799/2018
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION QUINTA

BARCELONA

ROLLO NÚM. 491/2018-R

DILIGENCIAS PREVIAS Nº 1501/2015

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 8 DE RUBÍ

AUTO 799/18

Iltmas. Sras. e Ilmo. Sr.:

DOÑA ELENA GUINDULAIN OLIVERAS

DON JOSÉ MARIA ASSALIT VIVES

DOÑA ISABEL MASSIGOGE GALBIS

En Barcelona, a trece de noviembre de 2018.

HECHOS
PRIMERO

En las diligencias previas de las referencias al margen, en 19 de febrero de 2018 se dictó Auto cuya parte dispositiva acuerda: "Tal como resolvió la Audiencia Provincial de Barcelona, sección 5ª en su auto de fecha 27 de junio de 2017 dictado en el Rollo de Apelación nº 401/2017, se acuerda mantener el auto de procedimiento abreviado de fecha 14/12/2016, quedando delimitados los hechos a los antes consignados en dicha resolución en su fundamento de derecho segundo".

SEGUNDO

Contra este Auto la Procuradora de los Tribunales DOÑA MARIA ROSER DAVI FREIXA e nombre y representación de la mercantil ZETA ESPACIAL S.A., de los Sres. Lorenzo, Severino, Apolonia, Teofilo

, Raimundo, Urbano, Vicente y Victorio interpuso recurso de apelación mediante escrito de fecha 2 de marzo de 2018.

Por providencia de fecha 8 de marzo de 2018 se admitió a trámite el recurso de apelación formulado por la Procuradora de los Tribunales DOÑA MARIA ROSER DAVI FREIXA e nombre y representación de la mercantil ZETA ESPACIAL S.A., de los Sres. Lorenzo, Severino, Apolonia, Teofilo, Raimundo, Urbano, Vicente y Victorio en base a los razonamientos expuestos por los apelantes en su recurso.

El Ministerio Fiscal en su escrito de fecha 28 de mayo de 2018 se adhiere al recurso de apelación interpuesto en base a los razonamientos expuestos por los apelantes en su recurso de fecha 2 de marzo de 2018 que acoge íntegramente.

La Procuradora DOÑA CRISTINA CAÑETE BARROSO en nombre y representación de la parte denunciante : Don Carlos Miguel, Don Luis Pablo, Don Jesus Miguel y Don Juan Ramón en fecha 19 de marzo de 2018 presentaron escrito interesando la desestimación del recurso de apelación interpuesto y la confirmación del Auto recurrido..

TERCERO

El presente rollo de apelación, tuvo entrada en esta sección con fecha 13 de junio de 2018 y en fecha 18 de junio de 2018 se dicto providencia acordando la resolución del recurso, para el 4 de octubre de 2018, no habiéndose resuelto hasta la fecha por pendencia de otros asuntos preferentes.

CUARTO

Es Ponente de esta resolución la Ilma. Sra. Magistrada Dª ELENA GUINDULAIN OLIVERAS.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El recurso de apelación que formula la Procuradora DOÑA MARIA ROSER DAVI FREIXA e nombre y representación de la mercantil ZETA ESPACIAL S.A., de los Sres. Lorenzo, Severino, Apolonia, Teofilo

, Raimundo, Urbano, Vicente y Victorio, al que se adhiere el Ministerio Fiscal interesa la revocación del Auto de fecha 19 de febrero de 2018,. Que acuerda: "Tal como resolvió la Audiencia Provincial de Barcelona, sección 5ª en su auto de fecha 27 de junio de 2017 dictado en el Rollo de Apelación nº 401/2017, se acuerda mantener el auto de procedimiento abreviado de fecha 14/12/2016, quedando delimitados los hechos a los antes consignados en dicha resolución en su fundamento de derecho segundo ". Y se dicte Auto por la Sala que acuerde el sobreseimiento libre de la causa con expresa condena en costas a la acusación particular.

El recurso se fundamenta en las siguientes alegaciones:

Según detalla el Auto de 19.2.2018 que se recurre, tanto el órgano de administración como los representantes responsables realizaron presuntamente las siguientes actuaciones: cambiaron a dos de los trabajadores huelguistas, el Sr Carlos Miguel y el Sr Juan Ramón, del puesto que habitualmente ocupaban y los sustituyeron por dos trabajadores externos contratados "ad hoc", los Sres. Cipriano y Fabio . Asimismo y desde el inicio de la huelga las trabajadoras Tatiana, Vanesa y Virtudes, fueron supuestamente sustituidas de sus puestos de trabajo. Concluye el Auto que se recurre al igual que consta en el Acte de Infraccio de la Direcció General de Relaciones Laborals i Qualidat en el Treball, [ acta que ha sido impugnada en fase administrativa y posteriormente ante la jurisdicción social] que si los anteriores trabajadores no hubieran sido sustituidos la actividad de la empresa se hubiera visto muy afectada, hecho que no consta ni indiciariamente acreditado siendo una mera presunción de la administración.

Y el recurso muestra su disconformidad con los hechos que presuntamente se imputan a los recurrentes por entender que no se ajustan a la verdad aunque consten en un acta de infracción, pero además considera que debe acordarse el sobreseimiento de la causa en tanto que las conductas descritas no son típicas por no ser subsumibles en el artículo 315 del CP.

Entiende que ninguna de las conductas limitadoras del derecho de huelga que se imputan a los recurrentes se han realizado mediante engaño o abuso de superioridad, se han realizado mediante engaño o abuso de una situación de necesidad. Y si sostuvieron en sus declaraciones que el cese de la huelga coincidió "supuestamente" con la retirada de la sanción. Ello no se ajusta a la verdad, ya que como consta en autos la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social sobre el tema de la sanción, se dicto el 7 de mayo de 2015, y la huelga se desconvoco precisamente el día que el Sr Carlos Miguel pactó su despido en el CMAC, que fue el 28 de julio de 2015.

Alega que la Jurisprudencia que solo aquellas conductas relacionadas relacionadas con la limitación del derecho de huelga, de mayor gravedad deben ser enjuiciadas por la vía...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Cataluña 3093/2020, 3 de Julio de 2020
    • España
    • 3 Julio 2020
    ...las 8 horas de trabajo a excepción del Sr. Ovidio como consecuencia de su despido (documental) Por Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona de fecha 13 de noviembre de 2018 dictado por el que, estimando el recurso de apelación interpuesto por la actora, se decretó el libre sobreseimient......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR