AAP Lugo 111/2018, 25 de Octubre de 2018
Ponente | DARIO ANTONIO REIGOSA CUBERO |
ECLI | ES:APLU:2018:104A |
Número de Recurso | 565/2018 |
Procedimiento | Recurso de queja |
Número de Resolución | 111/2018 |
Fecha de Resolución | 25 de Octubre de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LUGO AUTO: 00111/2018
N01450
PLAZA AVILÉS S/N
Tfno.: 982294855 Fax: 982294834
FF
N.I.G. 27028 42 1 2011 0006852
ROLLO: RQJ RECURSO DE QUEJA (LECN) 0000565 /2018 Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 2 de LUGO Procedimiento de origen: SECCION V LIQUIDACION 0001288 /2011 Recurrente: ALDAMA EUROPEA S.A.
Procurador: OLGA GARCIA GARCIA
Abogado: ANA MENDOZA CAMPO
Recurrido: BBVA S.A.
Procurador:
Abogado:
AUTO 111/2018
Iltmos. Sres.:
D. JOSE ANTONIO VARELA AGRELO
D.ª MARIA ZULEMA GENTO CASTRO
D. DARIO ANTONIO REIGOSA CUBERO.
En LUGO, a veinticinco de octubre de dos mil dieciocho.
La procuradora Sra. García García, en nombre y representación de ALDAMA EUROPEA S.A., presenta escrito y demás documentos, interponiendo recurso de queja contra providencia de fecha dos de octubre dos mil dieciocho, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Lugo en autos, SECCION V LIQUIDACION 0001288/2011 .
Admito el recurso se turna la ponencia con el número de Rollo de Recurso de Queja 565/2018 al magistrado Ilmo. Sr. D. DARIO ANTONIO REIGOSA CUBERO.
Es objeto del presente recurso de queja la providencia de 2 de octubre de 2018 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Lugo la cual acuerda no haber lugar a tener por interpuesto recurso de apelación frente al auto de 17 de septiembre de 2018.
A su vez este último auto desestimó el recurso de reposición formulado contra la providencia de 10 de julio de 2018, la cual, en lo que aquí interesa, acordó, que dado que la resolución de 20 de diciembre acordaba realizar adiciones a un mandamiento anterior, que fue revocado por resolución firme de 31 de julio de 2013, expedir mandamiento al Registro de la Propiedad de Sarria para revocar y dejar sin efecto el mandamiento de 20 de diciembre que tenía por objeto la cancelación respecto de la registral 20832 tanto de la anotación de concurso como de las cargas anteriores al mismo, especialmente la carga hipotecaria que sobre la misma aparece a favor de Banesto, BBVA y Caja de Ahorros del Mediterráneo,
El recurso de queja tiene por objeto decidir si una apelación inadmitida se debió o no admitir. Y por ello que su regulación ( artículos 494 y 495 LEC) no prevé que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba