SAP Alicante 350/2018, 25 de Octubre de 2018

PonenteMARIA CRISTINA COSTA HERNANDEZ
ECLIES:APA:2018:2220
Número de Recurso616/2018
ProcedimientoRecurso de apelación. Procedimiento abreviado
Número de Resolución350/2018
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

ALICANTE

TELEFONOS.- 965.169.818- 19-20

FAX.-965.169.822

NIG: 03009-41-2-2018-0001356

Procedimiento: Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado Nº 000616/2018- APELACIONES - MJ - Dimana del Juicio Oral Nº 000279/2018

Del JUZGADO DE LO PENAL Nº 7 DE ALICANTE

Apelante: Elisabeth

Letrado: CONCEPCION IBAÑEZ LUCAS

Procurador: ELENA GUARDIOLA DEVESA

SENTENCIA Nº 000350/2018

Iltmos. Sres.:

D. FCO JAVIER GUIRAU ZAPATA.

Dª. MONTSERRAT NAVARRO GARCÍA.

Dª. MARIA CRISTINA COSTA HERNANDEZ.

En Alicante a veinticinco de octubre de dos mil dieciocho.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 24-05-2018 pronunciada por el JUZGADO DE LO PENAL Nº 7 DE ALICANTE en el Juicio Rápido nº 000279/2018, dimanante de las Diligencias Urgentes 246/2018 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Alcoy. Habiendo actuado como parte apelante Elisabeth ; representada por la Procuradora Dª. ELENA GUARDIOLA DEVESA y asistida por la Letrada Dª. CONCEPCION IBAÑEZ LUCAS y como parte apelada; el MINISTERIO FISCAL (G. Marugán).

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "El día 15 de abril de 2018, siendo aproximadamente las 12:00 horas, la encausada, doña Elisabeth (NIE número NUM000 ), mayor de edad y con antecedentes penales no computables en la presente causa a efectos de la circunstancia agravante de reincidencia, golpeó a las agentes de Policía Local de Alcoy con carnés profesionales números

NUM001 (golpe con el puño en el pecho) y NUM002 (patada en el hombro), cuando aquéllos trataron de reducirla tras empujar y propinar una patada en el pecho a la agente NUM003 en el momento en que ésta procedió a registrar su mochila tras su insistente negativa a identificarse cuando se encontraba en una vivienda de la CALLE000 de la localidad de Alcoy, lugar donde había saltado una alarma sin que la encausada hubiera dado explicaciones convincentes a los agentes sobre su presencia en dicho lugar.

Como consecuencia de estos hechos las referidas agentes sufrieron lesiones que sanaron en 4 días con una primera asistencia facultativa, sin necesidad de tratamiento médico ni quirúrgico, y sin secuelas.

La agente NUM003 no reclama indemnización por estos hechos."; HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN .

SEGUNDO

El FALLO de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "Que debo CONDENAR y CONDENO a doña Elisabeth (NIE número NUM000 ) como autora de un delito de resistencia a agentes de la autoridad del artículo 556 del Código Penal, sinla concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 6 meses de multa con cuota diaria de 4 €, con la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal en caso de impago, y como autora de tres delitos leves de lesiones del artículo 147.2 del Código Penal a la pena, por cada uno de ellos, de 1 mes de multa con cuota diaria de 4 €, con la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal en caso de impago.

Se imponen a la encausada las costas procesales.

En concepto de responsabilidad civilla encausada deberá indemnizar a los agentes de Policía Local de Alcoy con carnés profesionales números NUM001 y NUM002 con la cantidad, a cada una, de 160 €,más los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.".

TERCERO

Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por Elisabeth se interpuso el presente recurso alegando lo contenido en su escrito de apelación.

CUARTO

Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la/s parte/s apelada/s y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a deliberación y votación de la sentencia.

QUINTO

En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado las prescripciones legales procedentes.

VISTO, siendo ponente la Iltma. Sra. Dª. MARIA CRISTINA COSTA HERNANDEZ, Magistrado de esta Sección Segunda, que expresa el parecer de la Sala.

II - FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la representación de la acusada, Elisabeth, se formula recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 7 de Alicante de fecha 24 de mayo de 2018 que la condena como autora de un delito de resistencia a agentes de la autoridad y de tres delitos leves de lesiones.

Impugna la recurrente la sentencia de instancia en el particular atinente a la cuantía de la multa impuesta a razón de cuatro euros diarios que reputa excesiva atendiendo a la situación económica de la acusada de quien refiere carecer de ingresos y sobrevivir ayudada por los Servicios...

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